Normativa

Legislacion

Fase de Información Pública del «I Plan de Igualdad de la Administración General de la Junta de Andalucía 2023-2027»

Resolución de 8 de septiembre de 2023, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se acuerda someter a información pública el proyecto del «I Plan de Igualdad de la Administración General de la Junta de Andalucía 2023-2027».

 

Normativa sobre permisos para facilitar la participación en las ELECCIONES 23 DE JULIO DE 2023

Decreto 172/2023, de 4 de julio, por el que se dictan normas para facilitar la participación de las personas trabajadoras por cuenta ajena y del personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias en las elecciones generales, convocadas para el día 23 de julio de 2023.

 

Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía

Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía.

 

 

Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023.  

Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023.

 

 

PROYECTO DE LEY DE FUNCIÓN PÚBLICA DE ANDALUCÍA

INSTRUCCIÓN 3/2019 ACTUALIZADA A FECHA 25 DE JULIO DE 2022

Instrucción 3/2019 de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, en materia de jornada laboral, vacaciones y permisos en el ámbito de la Administración General de la Junta de Andalucía, de sus Instituciones, Agencias Administrativas y Agencias de Régimen Especial.
  • Fecha del contenido: 27/07/2022
  • Documentos asociados:

INSTRUCCIÓN 1/2022 TRIENIOS Y SERVICIOS PREVIOS

Instrucción 1-2022 TRIENIOS Y SERVICIOS PREVIOS (F).pdf

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Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Entra en vigor la orden que establece el certificado covid en el ocio y la hostelería

NUEVA INTERPRETACIÓN del cómputo a efectos de antigüedad del personal fijo-discontinuo

Se ha llegado al Acuerdo por unanimidad en el seno de la Comisión del VICCPLJA, de la interpretación del punto 1 del artículo 58 del Convenio referido, relativo a la consideración del cómputo de la antigüedad a todo el periodo de la duración de la relación laboral del personal fijo-discontinuo, entrando así el periodo de inactividad como computable a efectos de antigüedad con las siguientes consideraciones:

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