Ayudas Acción Social Médica, Protésica y Odontológica. Huelva. Mayo 2010.

Resolución de 25 de junio de 2010, de la Delegación Provincial de Huelva, por la que se hacen pública las relaciones mensuales del mes de mayo de 2010, de beneficiarios de la ayuda «Médica, Protésica y Odontológica», correspondiente al personal destinado en los servicios periféricos de la provincia de Huelva.

 

Concluido el proceso de comprobación de requisitos de las solicitudes de la ayuda «Médica, Protésica y Odontológica», presentadas por el personal destinado en los Servicios periféricos de la provincia de Huelva, procede exponer, para conocimiento de los mismos, la relación de beneficiarios del mes de abril de 2010, (solicitudes y reclamaciones presentadas en el mes de mayo de 2010), con indicación de las cantidades concedidas.

Conforme al art. 16.1.o) del Decreto 133/2010, de 13 de abril, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, resulta inicialmente competente la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública «gestión en materia de acción social», competencias anteriormente atribuidas a la persona titular de la Dirección General de Inspección y Evaluación en materia de acción social, con anterioridad a la reforma organizativa operada por art. 14.2.K) del Decreto 305/2008, de 20 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública derogatorio del D. 121/2002, y la Orden de 27 de mayo de 2002, que publicaba el texto integrado de ambos Decretos y, en lo que afecta al caso, las expresadas en la Orden de 18 de abril de 2001, por la que se aprueba el Reglamento de Ayudas de Acción Social para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía.

El ejercicio delegado de las competencias, por así disponerlo tanto el art. 6 del referido Reglamento como la Disposición Adicional Segunda de la Orden que lo soporta, corresponde a las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de Hacienda y Administración Pública, respecto del personal que esté destinado en los servicios periféricos de cada provincia; la Disposición Adicional Primera, de la Orden de la Consejería de Justicia y Administración Pública, de 18 de abril de 2001 (BOJA núm. 53, de 10 de mayo), en relación con el Decreto 133/2010, de 13 de abril (BOJA núm. 71, de 14 de abril), que establece la estructura orgánica de esta Consejería.

Visto lo anterior,

DISPONGO

Primero. Anunciar la publicación de las relaciones de beneficiarios del mes de mayo de 2010, con indicación de las cantidades concedidas y en su caso de los motivos de exclusión de la ayuda «Médica, Protésica y Odontológica», correspondiente al personal destinado en los servicios periféricos de la provincia de Huelva. A tales efectos, los listados podrán ser examinados por los interesados, en la parte que les concierne, en las dependencias de la Sección de Acción Social, Servicio de Administración Pública, de la Delegación Provincial de Hacienda y Administración Pública de Huelva, C/ Vázquez López, 4, 4.ª planta, de Huelva.

Segundo. Conceder un plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de esta Resolución, para que los interesados presenten las reclamaciones que estimen oportunas contra el listado provisional de excluidos y, en su caso, subsanen los defectos padecidos en la solicitud y/o en la documentación preceptiva.

Tercero. Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe la interposición de los siguientes recursos:

En el supuesto del personal laboral, podrá interponerse reclamación previa a la vía laboral conforme a lo dispuesto en los artículos 120 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 69 y siguientes de la Ley de Procedimiento Laboral.

En el supuesto del personal funcionario o no laboral podrá interponerse recurso de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el Delegado Provincial de Hacienda y Administración Pública en Huelva.

Tanto en un caso como en el otro puede hacer uso de su derecho a presentar la documentación en cualesquiera de los registros administrativos a que se refiere el art. 38.4 de la citada Ley 30/1992 de 26 de noviembre.

Huelva, 25 de junio de 2010.- El Delegado, Juan F. Masa Parralejo.

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