Modificación parcial R.P.T. Consejería de Empleo. Sevilla.

Orden de 11 de mayo de 2010, por la que se modifica parcialmente la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Empleo, en cumplimiento de la sentencia que se cita.

Habiendo recaído firmeza sobre la Sentencia núm. 1051/01, de 9 de marzo de 2001, dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, procede la creación en la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía del puesto necesario para dar cumplimiento a la mencionada Sentencia, modificándose la relación de puestos de trabajo de la Delegación Provincial de Sevilla de la Consejería de Empleo en el sentido que se indica en el Anexo a esta Orden.

El puesto de trabajo que se crea por la presente Orden tiene la única finalidad de dar cumplimiento a la Sentencia de la que trae causa, de forma que, una vez ejecutada en todos sus términos, el puesto creado finalizará su vigencia y se eliminará automáticamente de la relación de puestos de trabajo, con efectos del día en que quede vacante y sin ocupación.

En su virtud, y con arreglo a lo dispuesto en el artículo 10.1.e) del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la Relación de Puestos de Trabajo,

DISPONGO

Artículo 1. Modificación parcial de la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Delegación Provincial de Sevilla de la Consejería de Empleo.

La Relación de Puestos de Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Delegación Provincial de Sevilla de la Consejería de Empleo queda modificada en los términos indicados en el Anexo de la presente Orden.

Artículo 2. Fin de vigencia.

El puesto de trabajo creado y recogido en el Anexo de esta Orden, una vez cumplida la Sentencia de la que trae causa, finalizará su vigencia y se eliminará automáticamente de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, con efectos del día en que quede vacante y sin ocupación.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos administrativos y económicos derivados de su aprobación se retrotraerán al día 20 de marzo de 2001.

Sevilla, 11 de mayo de 2010

CARMEN MARTÍNEZ AGUAYO

Consejera de Hacienda y Administración Pública

 

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