Resolución de 15 de febrero de 2010, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se convocan cursos de Formación General por internet, incluidos en el Plan de Formación de 2010.

Publicado el Plan de Formación del Instituto Andaluz de Administración Pública para 2010 en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 20 de enero de 2010, mediante la presente Resolución se procede a convocar un conjunto de actividades formativas incluidas en el Programa de Formación General, cuya impartición se realiza en la modalidad de formación a través de la red internet.

Los destinatarios son el personal al servicio de la Administración General de la Junta de Andalucía, y de las personas pertenecientes a entidades y Organismos públicos que han suscrito Convenios de colaboración con el Instituto, que en los cuales se incluye expresamente la participación en las ofertas formativas de este Instituto.

El Programa de Formación General, de acuerdo con la normativa reguladora del régimen de formación que imparte el Instituto, pretende mantener actualizados los conocimientos de carácter general sobre los elementos básicos que sustentan la actividad de la Administración Pública, así como acrecentar su vinculación con la organización de todo el personal que presta servicio en las unidades de la Administración Autonómica.

La metodología con la que se imparten las acciones persigue acercar la formación a todo el personal propiciando, por una parte, la conciliación de la vida familiar y personal, al permitir a las personas participantes el seguimiento de las mismas con flexibilidad de horario y, de otra, el fomento de la utilización de las TIC, por los empleados públicos.

BASES DE LA CONVOCATORIA

Primera. Personas destinatarias.

Se convocan los cursos de Formación General recogidos en el Anexo I de la presente Resolución, destinados a todo el personal de la Administración General de la Junta de Andalucía y de las Instituciones que hayan firmado acuerdos o convenios con el Instituto Andaluz de Administración Pública específicamente para la participación en las actividades formativas de éste.

Las personas destinatarias deberán encontrarse en servicio activo, o hallarse en la situación de excedencia prevista en el Estatuto Básico del Empleo Público que genera derecho a la formación, a la fecha de publicación de la presente resolución. Estas acciones formativas se impartirán bajo la modalidad de e-learning o formación por internet.

Las características esenciales de esta metodología también se describen en el Anexo II de la presente Resolución.

Segunda. Solicitudes, plazo de presentación y órganos responsables.

1. Cada participante deberá presentar una solicitud única, en la que optará a un máximo de tres actividades de las convocadas en su provincia (para el personal de los Servicios Centrales de Consejerías y Organismos Autónomos la provincia se indica como Sevilla (SS.CC.), enumeradas por orden de preferencia, de las que sólo se le adjudacará una.

Los/las solicitantes deberán estar destinados/as en puestos de trabajo con sede en la provincia donde se celebra cada curso.

La solicitud se cumplimentará a través de la aplicación informática SAFO, por cualquiera de los sistemas de identificación y acceso que la aplicación facilita a los usuarios/as, disponible en la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública cuya dirección en internet es:

www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica/proyectos/safo/

- Igualmente se podrán consultar los contenidos y objetivos de cada actividad en el área de Convocatoria y Solicitudes de dicha aplicación.

2. El plazo de presentación de solicitudes para todos los cursos convocados será de 15 días naturales contados desde el mismo día de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

3. El Instituto Andaluz de Administración Pública y las Delegaciones Provinciales de Justicia y Administración Pública serán los órganos competentes para todo el proceso de organización de las actividades y selección de participantes. Asimismo, serán los órganos responsables de su desarrollo y de la resolución de todas las cuestiones que pudieran plantearse a lo largo de las mismas, sin perjuicio de la responsabilidad de naturaleza docente que compete al profesorado.

Tercera. Reserva de plazas para personas afectadas por discapacidad.

- El Instituto Andaluz de Administración Pública reserva con carácter general un cinco por ciento del total de las plazas convocadas para personas afectadas de una discapacidad de conformidad con el artículo 14 del Decreto 93/2006, de 9 de mayo (BOJA núm. 96, de 22 de mayo).

- Asimismo se realizarán las adaptaciones y ajustes razonables y necesarios para que las personas con discapacidad participen en condiciones de igualdad en los procesos formativos, siempre previa petición de la persona una vez reciba la comunicación de haber sido seleccionada.

Cuarta. Selección de participantes, publicidad de los resultados y comienzo de las actividades.

Cumpliendo los requisitos generales participación, si el número de solicitudes supera al de plazas ofertadas se aplicarán sucesivamente los siguientes criterios de selección:

1. Tendrán preferencia las categorías de funcionarios de carrera y laborales fijos.

2. La asistencia a un menor número de actividades formativas organizadas u homologadas por el IAAP en los últimos tres años.

3. A continuación se valorará la mayor antigüedad reconocida en la Administración Pública.

En cualquier caso, sólo se podrá seleccionar a los participantes para una de las actividades a las que opte en su solicitud, salvo que queden plazas vacantes y no hubiera suplentes susceptibles de optar a dichas plazas.

A) Efectuada la selección se notificará el comienzo de cada actividad y los datos pertinentes de lugar, fecha y horario por correo electrónico a las personas seleccionadas, en la dirección de correo electrónico facilitada en la solicitud.

Las listas de personas seleccionadas se publicarán en la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública.

B) Las actividades comenzarán de acuerdo con los calendarios previstos que se exponen en el Anexo I, sin perjuicio de que por razones organizativas sobrevenidas, el órgano responsable resuelva, con comunicación a los interesados, el aplazamiento o excepcionalmente la suspensión de la actividad.

Quinta. Condiciones generales de participación de las personas seleccionadas y causas de exclusión.

Se establecen las siguientes condiciones de carácter general para las personas seleccionadas:

1. La obligación de asistir a las sesiones presenciales fijadas sometiéndose a los controles pertinentes para ello. Excepcionalmente, y previa justificación por el/la participante ante el órgano responsable, que valorará la circunstancia que impide la asistencia, se podrá habilitar una fecha alternativa para la sesión inicial y/o final.

El incumplimiento total o parcial de la obligación de asistir a las mismas conllevará la exclusión del curso de la persona seleccionada.

2. La obligación de realizar al menos el 80% de las actividades prácticas y ejercicios propuestos para cada curso, pudiéndose condicionar, a criterio de la persona encargada de la tutoría, la realización de las pruebas finales y por tanto la obtención de cualquier tipo de certificado.

3. La aportación de datos veraces en la solicitud referidos a los criterios de selección. En caso contrario podrá dar lugar a la exclusión de la presente convocatoria.

4. Disponer de conocimientos informáticos a nivel de usuario y contar con un equipo informático y los medios tecnológicos que se especifican en el Anexo II quedando bajo su exclusiva responsabilidad la disposición de dichos elementos. Asimismo, disponer de una cuenta de correo activa para las comunicaciones que se produzcan en el desarrollo del curso.

5. La evaluación de los diferentes aspectos del curso, recogidos en los formularios de encuestas que a tal efecto se les entregará para cada tipo de actividad. Se respetará la confidencialidad de los resultados.

6. Si por causa sobrevenida y antes del comienzo de la actividad, la persona seleccionada no pudiera realizar el curso, deberá justificarlo ante el órgano responsable de la actividad con suficiente antelación, para en su caso cubrir dicha plaza. Del mismo modo queda obligado a comunicar y justificar dicha circunstancia en caso de que la actividad ya hubiese comenzado.

El incumplimiento de estas condiciones, por la repercusión que tiene en la actividad administrativa de los órganos responsables de la gestión de las actividades, y las vacantes que se quedan sin cubrir en las mismas, podría conllevar la exclusión de futuras convocatorias de formación del Instituto Andaluz de Administración Pública.

Quinta. Entrada en vigor.

La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 15 de febrero de 2010.- El Director, José A. Soriano Cabrera.

ANEXO I

- Los siguientes cursos comenzarán en una fecha programada en el período abril-junio de 2010

 

Denominación Núm. edic. Provincia
Educación Ambiental y Sostenibilidad en las Administraciones Públicas 10 Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga, Sevilla y Sevilla SS.CC.
Estilo del Lenguaje Administrativo 2 Sevilla y Sevilla SS.CC.
Ley Orgánica de Protección de Datos 4 Almería, Cádiz, Huelva y Jaén
Políticas públicas de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres 8 Almería, Cádiz, Granada, Huelva, Jaén, Málaga, Sevilla
y Córdoba
Técnicas documentales en la Administración Pública. Nuevas tecnologías y documentación 5 Cádiz, Huelva, Jaén, Sevilla
y Córdoba
Estatuto de Autonomía
de Andalucía
9 Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga, Sevilla y Sevilla SS.CC.

 

- El siguiente curso comenzará en una fecha programada en el período septiembre-noviembre de 2010

 

Denominación Núm. edic. Provincia
Actos y Procedimiento Administrativo. Nivel Básico 4 Cádiz, Córdoba, Huelva y Sevilla

 

ANEXO II

CARACTERÍSTICAS ESENCIALES DE LA METODOLOGÍA E-LEARNING

Todos los cursos tienen una carga lectiva de cuarenta horas y están diseñados para veinticinco o treinta participantes como máximo, salvo el curso Estatuto de Autonomía de Andalucía, que podrá tener hasta 50 participantes.

a) Por su propia naturaleza, es requisito imprescindible disponer de un ordenador con acceso a internet, con los siguientes requerimientos mínimos:

Hardware y conexiones:

- Procesador Pentium o similar; disco duro con 30 megas libres.

- 128 MB RAM (256 MB recomendado).

- Conexión a internet recomendable de banda ancha para la buena recepción de las comunicaciones de audio y/o vídeo, navegación y descargas de contenidos.

- Software: Adobe Flash Player 7 o superior, Máquina Virtual de Java.

- Software adicional según curso: Adobe Reader, Adobe Shockwaveplayer Director, Real Player, descompresor Winzip o WinRAR. Macromedia FlasH Player.

b) Cada curso tendrán asignado una persona encargada de la tutoría, el cual seguirá el siguiente esquema de desarrollo:

- Habrá dos sesiones presenciales: una inicial de presentación y otra final en la que se realizarán las pruebas de evaluación del seguimiento y/o aprovechamiento. Se realizarán preferentemente en horario de tarde, con una duración de hora y media aproximadamente, el día o días que se anuncie por el órgano responsable.

- En la sesión inicial se explicarán los objetivos y contenidos, el funcionamiento de la plataforma informática bajo la cual se realizarán los cursos, así como las características de la metodología, la agenda del curso y los medios y recursos tecnológicos que se pueden emplear.

- El período entre una y otra sesión será de entre cuarenta y cuarenta y cinco días aproximadamente, dependiendo de los contenidos concretos.

c) Las personas participantes en los cursos podrán optar a dos tipos de pruebas o evaluaciones:

- Prueba de evaluación para la obtención del certificado de asistencia.

Todos los participantes realizarán la prueba para la constatación de que han seguido suficientemente el curso. El examen tendrá una dificultad similar a la de las actividades y otras pruebas de control realizadas durante el curso, pudiéndose consultar manuales u otra documentación de apoyo.

- Prueba de evaluación para la obtención del certificado de aprovechamiento.

Los participantes que elijan esta modalidad se someterán, tras realizar la prueba del apartado anterior, a una prueba complementaria en la que no se podrán consultar manuales ni documentación alguna.

 

RGPD

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