Circular de la Junta sobre medidas dentro de alerta sanitaria 4- grado 2-.

Se informa que, con fecha de hoy,  se va a proceder a comunicar a los centros directivos, la siguiente información:

"Atendiendo a la situación sanitaria de la Comunidad Autónoma y a la evaluación continua de los niveles y grados de alerta sanitaria,  con el objeto de dar cuenta de la aplicación del apartado Quinto del Protocolo de 14 de septiembre de  2020, de medidas organizativas para la aplicación temporal del régimen de trabajo no presencial en el marco de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID 19, aprobado por Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 16 de septiembre, se informa de lo siguiente.

 
Aquellos empleados públicos de la Administración General que tengan como lugar de residencia o lugar de trabajo un municipio declarado en nivel de alerta sanitario 4- Grado 2- ,   podrán ampliar la modalidad de trabajo no presencial hasta el máximo,  en los puestos cuyas funciones puedan desarrollarse mediante esta modalidad de trabajo, siempre y cuando se garantice las prestación de servicios esenciales declarados en la Orden del Consejero de 15 marzo y sus posteriores ampliaciones, y se salvaguarde la continuidad del servicio de cada unidad administrativa".
 
 
SECRETARÍA DE LA COMISIÓN DEL VI CONVENIO COLECTIVO

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