Procedimiento de emergencia para la selección del personal funcionario interino y laboral temporal necesario en el marco de la emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19.

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En fecha 16 de marzo de 2020, se ha dictado el Decreto-ley 3/2020, de 16 de marzo, de medidas de apoyo financiero y tributario al sector económico, de agilización de actuaciones administrativas y de medidas de emergencia social, para luchar contra los efectos de la evolución del coronavirus (COVID-19). Su artículo 13 regula las medidas para la gestión eficaz en materia de personal de la Administración de la Junta de Andalucía y de las entidades de su sector público.

La Disposición adicional cuarta del Decreto-ley, en lo que se refiere a la competencia para autorizar las contrataciones que hayan de efectuarse, así como los trámites establecidos para dicha contratación y plazos de duración, en los procedimientos de selección de personal laboral temporal y funcionario interino, para garantizar la prestación de los servicios públicos esenciales como consecuencia del COVID-19, establece que queda suspendida la aplicación de los trámites previstos en la normativa que se relaciona, sin perjuicio del control económico presupuestario establecido en el artículo 13.3 del propio Decreto-ley.

Por su parte, mediante Orden del Consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior de 15 de marzo de 2020, se determinan los servicios esenciales de la Administración General de la Junta de Andalucía con motivo de las medidas excepcionales adoptadas para contener el COVID-19. En el apartado cuarto de esta Orden se dispone que en el caso de que, como consecuencia de la emergencia de salud pública, sea necesario el nombramiento de personal funcionario interino o la contratación de personal laboral temporal, se autorizará con carácter extraordinario su nombramiento o contratación, utilizándose para ello cualquiera de las distintas modalidades existentes. Asimismo, se especifica que la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública aprobará las bases correspondientes a un procedimiento de emergencia para la selección de los candidatos, que facilite la selección de las personas funcionarias interinas y del personal laboral temporal con la mayor agilidad.

En base a todo ello, por la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública se ha dictado Resolución en el día de la fecha, cuya copia se adjunta, por la que se establecen  para la Administración General bases que articulan el procedimiento de emergencia para la selección del personal funcionario interino y laboral temporal necesario en el marco de la emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19.

 

 

 

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