SENTENCIA CONTRA LA JUNTA POR MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO EN LA D.T. DE IGUALDAD Y POLÍTICAS SOCIALES DE MÁLAGA.

 El Juzgado de lo Social nº 11 de Málaga, en fecha 5 de marzo de 2019, dicta sentencia  declarando injustificada la modificación sustancial la condición de trabajo individual de un trabajador con contrato de relevo al 50% de la jornada y acuerdo de acumulación de la misma, decidiendo  la Administración romper unilateralmente el acuerdo. Considera el Juzgado que tal decisión empresarial altera la jornada, horario y turnos de trabajo de una forma injustificada y sin cumplir con los requisitos formales exigidos en el art 41 del ET y ordena la reposición inmediata en sus anteriores condiciones de trabajo.

Así viene recogido en el FALLO:

 “Que estimando íntegramente la demanda interpuesta, se declara injustificada la medida reconocerá el derecho del trabajador a ser repuesto en sus anteriores condiciones de trabajo, ordenando la reposición inmediata en sus anteriores condiciones de trabajo, en el mismo turno rotativo que venía realizando, durante 6 meses al año (con sus respectivas vacaciones) a jornada completa de 7 horas diarias”.

 Desde USTEA lamentamos la política de personal que ha venido imponiéndose en la Junta de Andalucía basada en la discrecionalidad y en el “conflicto gratuito” que obliga a los trabajadores y trabajadoras a estar permanentemente en los juzgados para dirimir asuntos básicos de las relaciones laborales. La judicialización de las relaciones laborales es una asignatura pendiente de la Junta de Andalucía y por ello USTEA viene alertando del uso y abuso por parte de la Administración de actos contrarios a norma que imponen incluso, en ocasiones, “invitando” a acudir a la demanda judicial al personal fomentando y alentando la conflictividad.

RGPD

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