La Junta de Andalucía condenada por vulnerar derechos sindicales de un delegado de USTEA

DIARIO EL MUNDO

Un juez condena a la Junta a pagar 3.000 euros a un delegado sindical por vulnerar sus derechos

La Delegación de Cultura expulsó de una reunión de negociación a un representante de USTEA y puso trabas para que se presentase a las elecciones

  • MIGUEL CABRERA
  • Almería

13/10/2016 09:01

El Juzgado de lo Social número cuatro de Almería ha condenado a la Consejería de Cultura a indemnizar con 3.000 euros a un delegado de USTEA por vulnerar sus derechos de representación sindical, después de que la Delegación provincial de Almería le expulsara de una reunión de negociación y de que pusiera a continuación trabas para presentarse a las elecciones sindicales.

La sentencia declara que se produjo un daño cierto, tanto a al derecho del delegado a negociar las mejoras laborales como a ser elector y elegido en las elecciones sindicales. 

Los hechos se remontan al 25 de marzo de 2015, cuando se celebró una reunión del comité de empresa de la Delegación territorial de Cultura, en la que el representante sindical L.C.B. fue 'invitado' a marcharse por la secretaria general y el jefe de Servicios y Gestión de Recursos Humanos sin explicar los motivos y sin que ningún miembro del comité fuera informado al respecto, según refleja la sentencia como hechos probados. Posteriormente, en julio del mismo año, la Consejería remitió al Comité de Empresa el acta de la reunión celebrada el 25 de marzo, en la que se ponía de manifiesto que fue la presidenta del comité la que requirió al delegado sindical que la abandonase, aunque la presidenta se negó a firmarla, puesto que no era realmente lo que había sucedido.

Más tarde, en mayo de 2015, se inició un proceso electoral en el centro de trabajo de la Delegación provincial de Cultura, del que el delegado sindical y el sindicato USTEA fueron excluidos, algo que ambos denunciaron ante la mesa electoral. También pidieron la rectificación del censo y la inclusión del actor, considerando que su exclusión significaba una vulneración de los derechos sindicales.

Ese mismo mes se reunía la mesa electoral, en la que el jefe de Personal y Recursos Humanos de la Delegación de Cultura manifestó que la existencia de una sentencia firme que confirmaba la sanción de empleo y sueldo impuesta al trabajador -vigente en ese momento- implicaba que no podía ser incluido en el censo electoral, una justificación que el juez desestima. El delegado había sido sancionado a seis meses de suspensión en 2011 por la Consejería por dos faltas disciplinarias graves y otras dos muy graves. El sancionado presta sus servicios como personal laboral de la Administración de la Junta desde el 1 de junio de 1990 con la categoría de Arqueólogo y trabaja en la Alcazaba de Almería, dependiente de la Delegación de Cultura.

La reclamación electoral interpuesta por el delegado y USTEA fue atendida plenamente, por lo que se dictó un laudo arbitral que declaró nulo y contrario a derecho el proceso electoral, y obligó a que se incluyera en el censo al trabajador, algo que fue acatado y no recurrido por la Delegación.

Sin embargo, el magistrado ve una "conducta culposa o dolosa de la Administración y un nexo causal entre la conducta y el daño sufrido" por el representante del sindicato USTEA. Así, recalca que "la Administración pudo evitar el daño mediante informes que no se recabaron o no se han unido a los autos por simple negligencia omisiva". Del mismo modo, ve una "relación directa" entre la imposibilidad de concurrir a las reuniones de negociación y su falta de inclusión inicial en el censo electoral con "su lógico descrédito entre los titulares del derecho de sufragio sindical activo" en un proceso electoral.

No obstante, el juez no considera grave la conducta de la Delegación Territorial de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía de Almería "por haberse circunscrito la prohibición de acudir a una sola reunión y subsanarse la no inclusión en el censo", si bien previo laudo a favor del trabajador.

El sindicato USTEA ha expresado su satisfacción por esta sentencia -que ha recurrido la Consejería- pues a su entender "servirá para evitar que la Junta de Andalucía mantenga la misma actitud antisindical en casos análogos", a la vez que destaca el compromiso reivindicativo que sus delegados han mantenido en la defensa de los legítimos intereses de los trabajadores". 

USTEA recuerda que hace justamente tres años, la Junta de Andalucía fue condenada por el TSJA con el cese inmediato de la conducta antisindical y el reconocimiento pleno al sindicato de sus derechos en la representatividad del personal laboral del VI Convenio Colectivo de la Junta de Andalucía.

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