Consideraciones para promover la derogación del Decreto 149/2009 de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de Educación Infantil

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Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil

CONSIDERACIONES PARA PROMOVER LA DEROGACIÓN DEL DECRETO QUE LASTRA EL SISTEMA EDUCATIVO ANDALUZ.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su artículo 12 reconoce la Educación Infantil como una etapa educativa con identidad propia, que atiende a niñas y niños desde el nacimiento hasta los 6 años. Ordena en dos ciclos esta etapa: el primero hasta los tres años y el segundo, desde los tres a los seis años. Además establece el carácter educativo de ambos ciclos.

El reconocimiento de este carácter educativo debe verse reflejado integrando el primer ciclo en igualdad de condiciones del resto de las etapas en el sistema. En la actualidad esta etapa está disgregada, se han separado ambos ciclos tanto física como pedagógicamente.

Los costes para desarrollar un sistema universal de servicios para la primera infancia son indudablemente elevados. Sin embargo, los beneficios obtenidos a medio y largo plazo pueden ser extraordinarios.

La escolarización a una edad temprana estimula las habilidades cognitivas de los niños y favorece el rendimiento escolar posterior. De esta forma, representa un mecanismo de igualdad de oportunidades.

En noviembre de 2004, el Ministerio de Educación, presenta a debate un documento: “La Educación Infantil: un derecho”. En él, se expone que “pasar de una política de las necesidades a una política de los derechos, llama a una ética de la calidad de los servicios para la infancia. En este sentido, nos importa tanto la escolarización de los niños y niñas, como la forma o calidad de cómo están escolarizados”.

Llevamos muchos años más reivindicando la necesidad de enterrar, de una vez por todas, el carácter “asistencialista” en esta Etapa y el reconocimiento pleno de un derecho: el de la Educación. Cuando ya creíamos superado el debate entre lo “pedagógico” y lo “asistencial”, pues toda intervención con los alumnos es educativa y responde a esta finalidad, la Administración Educativa en Andalucía nos sorprende con un Decreto de Infantil que nos retrotrae a las “cavernas de la Educación” y desacredita el espíritu de la Ley de Educación Andaluza (LEA).

Con el Decreto de Infantil 0-3, la Educación se pone al servicio de la Conciliación, no favoreciendo la primera y no consiguiendo resolver el problema de la segunda.

El Decreto incurre en un grave error de análisis de la realidad social, entiende que la solución al problema de la conciliación se encuentra en los Centros Educativos. La consecuencia es que la educación pierde sustantividad propia –no es considerada un bien en si misma- para ponerse al servicio de la conciliación. Hemos de afirmar que cuando el Decreto incluye el carácter asistencial como principio general del Primer Ciclo de la Educación Infantil está infringiendo las prescripciones relativas a los artículos 2 de la Ley Orgánica 8/1985, 12 a 14 de la LOE y 41 de la LEA.

Se desoyen las recomendaciones y directrices europeas relativas a las ratios educador/alumno, imprescindibles para el desarrollo de un proyecto de calidad educativa, la tendencia era reducirlas en un plazo de diez años (1996-2006), la nueva reglamentación las ha aumentado en un 30%. El carácter educativo de la LOE conlleva unas mayores exigencias en la atención al alumnado. El Decreto, al aumentar las ratios, no permite el desarrollo de las nuevas exigencias educativas –currículo, atención a la diversidad, tutorías, coordinación…-. Al contrario, pone de manifiesto que la finalidad perseguida es aumentar el número de niñas y niños y familias asistidas, de la forma más económica posible, en detrimento de la calidad educativa.

Se reducen los/as profesionales de los Centros y se eliminan servicios propios como el comedor escolar y personal de servicios. No puede olvidarse que se trata de niñas y niños pequeños que requieren de mucha atención –cambio de pañales, alimentación…-. La persona responsable de la tutoría del aula tiene que recibir ayudas que le permitan avanzar en el desarrollo del currículo. Nuevamente, el Decreto, pone de manifiesto que su finalidad es transformar las Escuelas Infantiles en contenedores masificados de criaturas.

La elección de la Dirección del Centro contraviene el artículo 133 de la LOE y el 125.1 de la LEA.

Los criterios de admisión del alumnado, diferenciados del resto de las etapas educativas, contravienen los artículos 12.1 de la LOE y 41.1 de la LEA; se impide la coordinación entre el primer y segundo ciclo, en clara violación del artículo 44 de la LEA. Sin lugar a dudas contrarios a la existencia de “un sistema educativo” y al carácter único de la etapa.

Se crea una red de Centros Públicos, que enmascara la realidad, promoviendo el crecimiento de la enseñanza privada con la consiguiente precarización en el empleo y salarios tercermundistas.

La Administración Autonómica ha condenado al ostracismo a sus Centros en beneficio del “NEGOCIO” de la Educación Infantil. Seguramente a esto se referían cuando nos hablaban de que les importaba la escolarización de las niñas y niños y la forma o calidad en la que están escolarizados.

Por todo ello:

  • Consideramos necesaria la derogación del Decreto 149/2009, de 12 de mayo y unas negociaciones con los agentes sociales para impulsar una nueva norma que considere el carácter plenamente educativo del Primer Ciclo de Educación Infantil y su inclusión, de hecho, en el sistema educativo andaluz.

  • Proponemos la homologación, con el resto de profesionales que se dedican a las tareas educativas en las diferentes etapas del sistema educativo. El reconocimiento de la labor que desempeña el personal de servicios como asistentes imprescindibles en los procesos educativos de las niñas y niños a los que acompañamos en su desarrollo.

  • Exigimos unas ratios alumnado/educador-a en consonancia con las recomendaciones dadas por la Red de Atención a la Infancia de la Comisión Europea:

    • Unidades niñas y niños menores de 12 meses: 1/4

    • Unidades niñas y niños de 12 a 23 meses: 1/6

    • Unidades niñas y niños de 24 a 35 meses: 1/8

    • Profesionales de apoyo: 1 cada tres unidades o fracción.

Así como:

  • Calendario escolar y jornadas como en 2º ciclo Educación Infantil.

  • Concretar los tiempos para programación, coordinación, tutorías, evaluación…

  • Impulsar la democratización de los Centros y Consejos Escolares como en el resto de las etapas.

  • Establecer la escolarización y admisión de alumnado con la misma normativa que el resto de los niveles educativos.

Debemos perseguir la finalidad de la universalización y gratuidad del Primer Ciclo para garantizar el DERECHO a la Educación desde el nacimiento. La Escuela ha de asegurar la igualdad de oportunidades y la compensación de las desigualdades, y esto, sólo lo puede garantizar un sistema público y gratuito.

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"La Educación es la patria socialista. Es un bien público, no privado. Un bien de todos, no para algunos. La mejor política económica, la más rentable, es invertir en enseñanza".

 

Griñan (Presidente), dixit. 

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