Permiso retribuido para trabajadoras en estado de gestación. Publicación en BOJA.

Resolución de 1 de abril de 2016, de la Dirección General de Relaciones Laborales y Seguridad y Salud Laboral, por la que se registra y publica el Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía por el que se introduce un permiso retribuido para las trabajadoras en estado de gestación.

  

 

Datos a destacar de la Resolución:

Resolución de 1 de abril de 2016, de la Dirección General de Relaciones laborales y seguridad y salud laboral, por la que se registra y publica el Acuerdo de la comisión negociadora del convenio colectivo del Personal laboral de la Administración de la Junta de Andalucía por el que se introduce un permiso retribuido para las trabajadoras en estado de gestación. 

 La comisión negociadora del Vii convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía, en sesión celebrada el 2 de marzo de 2016, adopta el presente Acuerdo, cuyas cláusulas se insertan a continuación, que modifica el artículo 33 del Vi convenio colectivo del personal laboral de la Administración de la Junta de Andalucía:

  • Primera. Modificación del artículo 33 del Vi convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía.

Se modifica la redacción del artículo 33 del Vi convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía, añadiendo un apartado j) del siguiente tenor literal:

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j) las trabajadoras en estado de gestación disfrutarán de un permiso retribuido, a partir del día primero de la semana 37 de embarazo, hasta la fecha del parto.

En el supuesto de gestación múltiple, este permiso podrá iniciarse el primer día de la semana 35 de embarazo, hasta la fecha de parto.

  • Segunda. Entrada en vigor: A partir de hoy, 14 de abril de 2016

 

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