USTEA inicia Conflicto Colectivo sobre el Acuerdo de 14 de noviembre de 2014 de Clasificación Profesional del Personal Laboral de la Junta de Andalucía.

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USTEA inicia Conflicto Colectivo sobre el Acuerdo de 14 de noviembre de 2014 de Clasificación Profesional del Personal Laboral de la Junta de Andalucía.

 

USTEA inicia conflicto colectivo contra el Acuerdo de la Comisión Negociadora del VII Convenio Colectivo del personal laboral de la Administración de la Junta de Andalucía por el que se introducen modificaciones en el sistema de clasificación profesional, BOJA 14, de 22 de enero de 2015.

 

El Acuerdo modifica los requisitos de titulación de las categorías profesionales relacionadas en su Anexo I. 

 

No regula los certificados de profesionalidad que suplen la titulación para todas las categorías.

 

El régimen transitorio del controvertido Acuerdo,  regulado en la cláusula octava, no contempla moratoria que permita antes de la efectiva aplicación del acuerdo, la convocatoria de los procesos de acreditación de competencias para la obtención de los certificados de profesionalidad que garanticen a los trabajadores de las categorías afectadas estabilidad en el empleo.

 

Además el régimen transitorio ha derogado la  Resolución de 3 de mayo de 2012, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción, depósito y publicación del Acuerdo de 10 de febrero de 2012, de la Comisión del VI Convenio Colectivo de Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, que permitía suplir el requisito de  titulación con tres meses de experiencia profesional en la categoría, dentro del ámbito del VI Convenio, para las bolsas de vacantes y complementarias.

 

No debemos olvidar que esta resolución venía a paliar, en parte, los perjuicios ocasionados por el Acuerdo 2005, contra el que USTEA interpuso conflicto colectivo, que condenó a la Junta a organizar y convocar los cursos de habilitación para las categorías a las que se les modificaron los requisitos de titulación. La Junta no ha cumplido la sentencia. Además ahora, 10 años después, acuerda con CCOO y CSIF impedir que los participantes  en los concursos de acceso de las ofertas 2003/2005 y 2006/2007 puedan suplir la titulación con tres meses de experiencia en el VI Convenio Colectivo en las bolsas de vacantes y complementarias que se constituyan a partir de la entrada en vigor del Acuerdo 2015.

 

Por otra parte, este Acuerdo establece la fusión de las bolsas de las categorías fusionadas, ejemplo: Personal de servicios Generales. USTEA  considera que la citada norma no debe tener efectos retroactivos en las convocatorias de acceso a laboral fijo  anteriores a su publicación.

 

Así nos encontramos con un Acuerdo:

 

  • INCOMPLETO porque no se han abarcado todas las categorías y no está justificada la urgencia de las modificaciones realizadas.

 

  • PERJUDICIAL para los trabajadores y trabajadoras porque cambia muchas condiciones establecidas (titulación, regulación de bolsas, por ej.) sin previo aviso, dejándolos en la estacada después de años trabajando para la Junta. (Cocineros, Jefes de mantenimiento, etc…) 

 

  • INSENSIBLE ya que no tiene en cuenta el mérito y capacidad demostrada de cientos de trabajadores y trabajadoras, al no establecer una transitoriedad que permita obtener los certificados de profesionalidad que garanticen la estabilidad en el empleo. Algo que sí han realizado con urgencia y efectividad con personal de la empresa privada con el acuerdo de formación entre la Administración, CCOO y UGT.

 

En definitiva nos hemos topado con un Acuerdo

 

  • NEFASTO que provoca inseguridad jurídica, perjudicando gravemente los derechos laborales de trabajadores y trabajadoras, y que desde USTEA nos disponemos a seguir combatiendo desde todos los flancos posibles.

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