INFORME Reunión cursos adaptación a puestos de trabajo. 05/12/12.

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El pasado 27 de noviembre USTEA solicitó al Servicio de Planes de Formación entrevista para aclarar algunas cuestiones sobre los Cursos de adaptación al puesto de trabajo, publicados en Boja nº 230, Orden de 19 de octubre de 2012. Con fecha 5 de diciembre, el Jefe de Servicio de Personal Laboral y la Jefa de Servicios de Planes de Formación, se reúnen con los Sindicatos USTEA, CC.OO.,UGT y CSI-F.

Aclaran que no se trata de Cursos de Habilitación, son cursos de adaptación al puesto de trabajo (tal como se recoge en la disposición transitoria segunda delDecreto 149/2009). Cursos que no tendrán valor alguno cuando se deje de trabajar en las escuelas. Ante esta situación, USTEA considera que la Administración debe dejar claro en esta reunión que los contenidos de estos cursos deben considerarse válidos para la acreditación de las competencias profesionales que lleven a l@s profesionales a la obtención del título de TSEI – así lo indica el artículo 14.2 de la Orden, con la salvedad de que lo dispuesto en la misma, hace alusión a que “…puedan considerarse válidos”-. El Jefe de Servicio comenta que, en este momento, no puede pronunciarse en el sentido que exige USTEA.

¿Quienes pueden realizar el Curso?.
L@s profesionales que estén ejerciendo de TSEI y no posean las titulaciones de TSEI o Magisterio con la especialidad de Infantil o los cursos de Habilitación. “Flexibilizarán” el “estar prestando los servicios, de manera ininterrumpida…”, lo podrán realizar todo el personal que se encuentre en activo por el curso escolar completo.

¿Quiénes no pueden que realizar el curso?.
L@s profesionales que tengan el título de TSEI.
L@s profesionales que tengan Magisterio con la especialidad de Infantil.
L@s profesionales que posean los cursos de Habilitación. Los habilitados para desempeñar puestos de trabajo en el primer ciclo de la Educación Infantil, según lo previsto en la Orden Ministerial de 11 de enero de 1996.

Como tod@s sabéis, Función Pública no reconoce el título de Magisterio con la especialidad de Infantil para acceder a la categoría de TSEI. USTEA considera que urge una reunión en la que participen Responsables de Educación, Función Pública y los sindicatos presentes en Comisión de Convenio, para tratar esta contradicción. Para ello USTEA solicitará por escrito la convocatoria urgente de esta reunión. Recordamos el informe del Defensor del Pueblo en el sentido de conceder validez a la titulación de Magisterio Infantil para desarrollar la labor de TSEI.

El Jefe de Servicio nos comenta que en el ámbito de las Escuelas Infantiles de titularidad Pública, son 20 trabajadoras y trabajadores que pueden realizar el curso, ya que se encuentran en la situación de no poseer las titulaciones de TSEI, Magisterio por Infantil o cursos de Habilitación. Desde esa Jefatura se comprometen a comunicarles su situación, es decir, avisarles para que soliciten el curso.

Por otra parte también nos informa que hay 70 trabajadoras y trabajadores, que poseen la titulación de Magisterio por Infantil, con lo que cumplen con la normativa educativa. USTEA manifiesta que no tiene sentido que la titulación de Magisterio Infantil sea válida a nivel de legislación educativa para ejercer el trabajo de la categoría de TSEI y desde la Administración de Función Pública a pesar de haber contratado con la citada titulación, ahora se les impida el acceso a la categoría y la Administración Educativa les impida realizar el curso.

Los cursos serán gratuitos para el personal de la Función Pública.

Andalucía, 5 de diciembre de 2012.

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