USTEA INFORMA: Conflicto Colectivo contra recorte salarial Real Decreto 8/2010 de 20 de mayo. Actualización de información.


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USTEA planteó conflicto colectivo contra el recorte salarial del 5% en mayo de 2010,  el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en su día,  se declaró incompetente para resolver el conflicto colectivo, lo que motivó la interposición de un recurso de casación al Tribunal Supremo.

El día 5 de junio, hemos recibido  notificación  del Tribunal Supremo de la Sentencia cuyo fallo dicta en los siguientes  términos:

“Estimamos el recurso de Casación interpuesto por USTEA, casamos y anulamos el Auto dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía/Granada de fecha 3 de noviembre de 2010, declarando que es competente del orden jurisdiccional social el conocimiento de las pretensiones de la demanda de conflicto colectivo formulada por el recurrente (…) Y acordamos devolver las actuaciones a la Sala de procedencia (…) para que resuelva sobre las pretensiones de dicha demanda”.

     
    Es importante recordar que el Tribunal Constitucional  ya  se  pronunció  mediante Auto de 7 de junio de  2011, inadmitiendo la cuestión  de  inconstitucionalidad  planteada por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional. El origen de esta cuestión fue consecuencia de diversas demandas de conflicto colectivo presentadas por varios sindicatos contra la aplicación del RDL 8/2010 de 20 de mayo, respecto a la deducción del 5% de las retribuciones realizada por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, incumpliendo las tablas salariales del Convenio Colectivo de aplicación.

    Con respecto a la denuncia interpuesta por USTEA sobre la cuestión que nos ocupa, los Tribunales de la jurisdicción social ordinaria  no han dictado sentencia a día de la fecha.

    Quedamos, pues, emplazados de nuevo en el  TSJA.

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