El Parlamento aprueba la Ley de Reordenación del Sector Público andaluz. La posición de USTEA.

USTEA, NO ESTÁ DE ACUERDO CON LA APROBACIÓN DE LA LEY DE REORDENACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO ANDALUZ:

USTEA considera que con esta aprobación, que se ha hecho sólo con los votos de grupo socialista, el ejecutivo ha legitimado el modelo plasmado en los decretos 5‐6/2010 y el acuerdo firmado, fuera del ámbito de negociación preceptiva, con los

sindicatos UGT y CC.OO. Y se aprueba una ley que cuenta con el rechazo mayoritario del personal funcionario y laboral de la Administración General de la Junta de Andalucía.

Ante las declaraciones de la Sra. Consejera de Hacienda y Administración Pública en la que resalta que los agentes sociales han tenido la oportunidad de hacer aportaciones a la misma, USTEA recuerda que en su comparecencia parlamentaria ante la Comisión de Hacienda y Administración Pública expuso su análisis y fundamentos para su oposición, y que volvemos a destacar una vez más:

En primer lugar: La ley al tramitarse por el procedimiento de urgencia permite que se obvie informes, memoria económica, estudios…. que avalen documentalmente los objetivos, necesidad y finalidad que se recogen en su exposición de motivos. Sigue persistiendo la situación inicial de reforma improvisada y sin justificar que se produce con la aprobación de los Decretos –Leyes 5‐6/2010.

En segundo lugar: Bajo la reordenación del sector público, se acometen reformas sustanciales que afectan al régimen jurídico de órganos administrativos y del personal a su servicio. Teniendo dichos cambios incidencia directa en el modelo de Administración Pública consagrado en la Constitución y en el modelo de la función ública andaluza.

En Tercer lugar: Bajo la Fórmula de la agencialización, la Junta no sólo se subroga en derechos y obligaciones de los entes instrumentales que se integran en las agencias, sino que además posibilita la traslación de competencias administrativas a las nuevas agencias así como el desarrollo de las mismas por personal sujeto a derecho laboral dependiente de éstas, integra en ellas a personal funcionario y laboral de la Administración General de la Junta de Andalucía.

En cuarto lugar: Modifica y traslada el ámbito de la negociación colectiva.

SITUACIÓN TRAS EL TRÁMITE PARLAMENTARIO:

Se presentaron 159 enmiendas al proyecto de Ley: PSOE: 32, PP: 42, IU: 85. Sólo se han aceptado 13 enmiendas de IU, una de ellas afecta al título de la Ley, que pasará a denominarse: Ley de reordenación del sector público de Andalucía” frente al “Proyecto de Ley de medidas complementarias del decreto 5/2010 por el que se aprueban medidas urgentes en materia de reordenación del sector público”. Las otras 12 enmiendas admitidas son las aportadas por UGT y CC.OO y coinciden, en gran parte, con las que ha presentado el grupo socialista. En el texto definitivo se intenta corregir algunos vicios de inconstitucionalidad del texto originario en relación al ejercicio de las potestades administrativas, reconocimiento de su respectivo régimen de personal a funcionarios y laborales que pasen a las agencias y cumplimiento de los principios de acceso al empleo público.

Con estas enmiendas, se pretende presentar a la Ley como:

  •  Que subsana los defectos legales y que puede recoger reivindicaciones de sindicatos y plataformas oponentes a esta reorganización; sin embargo las potestades, funciones y derechos de los empleados públicos se ejercitarán en el marco de dependencia funcional de UNA AGENCIA PÚBLICA EMPRESARIAL (APE o ARE) que, sin duda, determinará el grado de objetividad en el ejercicio de las funciones y limitará el derecho de acceso, promoción y carrera profesional.
  •  Que sitúa la negociación sindical en el marco que establece la LOLS y el EBEP; sin embargo hace referencia a que los estatutos, los protocolos de integración y el plan inicial de actuación se negociarán en el ámbito de la Mesa General del Empleado Público. Desconocemos si intenta crear o reconvertir las mesas de negociación actuales. Traslada al Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, acordar la estructura de negociación colectiva del sector público andaluz.

 En la norma, se dice que queda garantizada la aplicación del Acuerdo de Condiciones de Trabajo del Personal Funcionario y la aplicación del convenio colectivo de la administración de la Junta al personal laboral de la misma hasta que, en su caso, exista un nuevo convenio. Además, se indica que se mantiene la condición de personal funcionario o laboral, con independencia de su integración en alguna de las nuevas agencias. Sin embargo; cuando el personal que se integre en las agencias tenga voluntad de volver a la Administración General ¿de que plazas dispondrá?, no creemos y no sería lógico por los criterios de ahorro que la Administración ha dicho siempre que conlleva esta reorganización, que se dupliquen plazas en las Agencias y la Admón. Gral.

Por otro lado, con la aplicación de los nuevos convenios se cambiarán las condiciones de trabajo que contempla el Acuerdo de Condiciones del P. Funcionario y el Convenio para el personal laboral de la J.A.

ANTE LO CUAL, USTEA:

  •  Rechaza ésta Ley aprobada.
  •  Se sitúa en el contexto económico y social por el que estamos atravesando y comparte la necesidad de adoptar medidas de contención del gasto público y de la reducción del déficit de la Administraciones Públicas, en nuestro caso la Autonómica. Con responsabilidad y negociación en los marcos respectivos y por los representantes legitimados para ello.
  •  Considera urgente e imprescindible la reforma de la Administración Pública Andaluza, a través de la elaboración de un Proyecto de Ley para adaptarla a los principios y postulados del Estatuto Básico del Empleado público, legislación
    básica estatal aprobada en 2007. Adaptación legal que en nuestra comunidad está pendiente. La actual Ley es de1985.
  •  Considera necesario acometer la reordenación del sector público andaluz, conformado por un número indeterminado de agencias, empresas, institutos, fundaciones….cuyas funciones suponen, en muchos casos, duplicidad “irregular” de las que tienen encomendadas legalmente los órganos administrativos y personal a su servicio ( funcionarios y laborales); provocando un efecto gravoso para las arcas públicas y lesivo para las garantías de los ciudadanos y para los derechos laborales de los empleados públicos. Pero ésta reordenación tiene que hacerse partiendo de cero y con la aportación de todos los sindicatos que representan al personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, que es el personal que se ve claramente afectado.

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