Comparecencia de USTEA ante la Comisión de Hacienda y Administración Pública del Parlamento de Andalucía por la tramitación del Proyecto de Ley que afecta a las medidas de reorganización del sector público andaluz.

El planteamiento de USTEA en sus recursos es una  oposición total a toda la operativa  orquestada  e iniciada con el DL 5/2010 y su modificación ahora tramitada como proyecto de ley, por cuanto afecta de plano a un gran número de empleados públicos sin que se haya  negociado ni consultado con los representantes sindicales, tanto en el ámbito laboral como funcionarial. 

 

Una decisión como la que se pretende, la nueva organización administrativa de la Administración instrumental de la Junta de Andalucía, tiene una trascendencia de primer orden. En lo que afecta  a la acción sindical, entendemos que los puntos capitales sobre los que debe discutirse son los siguientes:

 

1.- JUSTIFICACIÓN DE LA MEDIDA.

 

 No sabemos cuáles son las razones que impulsan a los responsables políticos de la Junta de Andalucía a remodelar en su integridad el sector público. Las razones que se nos hacen llegar no dejar de ser genéricas, basadas en lacónicos principios de eficiencia y mejor administración, pero no se plasman en una comparativa que, al menos, sea término de la discusión o debate. Lo cierto es que la remodelación del sector público se decidió de plano en el Decreto 5/2010 y ante la contestación general tan solo se ha paralizado y se ha remitido al Parlamento Andaluz. Pero seguimos sin tener información sobre cuestiones tan relevantes como son las que han llevado a estimar la falta de eficiencia del sistema tal y como venía funcionando y las virtudes del nuevo. Se ignora la situación económica de las entidades que se pretenden convertir en agencias y por qué esta nueva figura jurídica puede mejorar esa, supuesta, mala situación. La falta de información hace que sea difícil entablar un debate público y que este sindicato y el resto de intervinientes, así como la opinión pública, pueda proponer mejores medidas. Se precisa saber la verdad de la situación actual y los motivos que ésta obliga a su modificación.

 

2.- SITUACIÓN ADMINISTRATIVA DEL PERSONAL AFECTADO.

 

 Del mismo modo se ignora por completo en qué situación va a quedar el empleo público tanto en las entidades de nueva creación como en la propia Administración General de la Junta de Andalucía. En este apartado, que es esencial a los intereses de los empleados públicos y a la ciudadanía en general,  nos encontramos ante una situación caracterizada por los continuos cambios, idas y vueltas, que hacen que la confusión sea la norma. Si en un principio los funcionarios destinados en los centros afectados por la creación de agencias públicas se veían “transferidos” sin contar con su decisión, ahora parece que tal traspaso dependerá de su decisión, pero no se concreta de qué manera quedarán funcionalmente en las nuevas entidades ni qué pasará si deciden en mantenerse en sus puestos en la Administración general. Tal incertidumbre dice poco de la política seguida. Lo mismo puede decirse en relación con el personal laboral con la agravante de que en este caso su situación es mucho más vulnerable, por las características de su vínculo funcional. Cuestiones como la regulación colectiva del personal laboral en la nueva agencia, el mantenimiento o no de sus derechos adquiridos, sus posibilidades de promoción profesional en el ámbito de la Administración general (en la que ingresaron mediante procedimientos selectivos en concurrencia y según mérito y capacidad), la posibilidad de “vuelta” a ésta Administración, sus condiciones retributivas, las formas de acceso a las nuevas entidades, las clases de personal laboral en el ámbito de las agencias y sus relaciones, etc. Todo esto ha sido obviado o, en el mejor de los casos, es objeto de regulaciones de ida y vuelta, con modificaciones al albur de los contactos de la Administración con entidades sindicales elegidas a propósito. 

 

Por otro lado, debe recordarse la errática actuación de la Junta de Andalucía, que en desarrollo del Decreto 5/2010  inició la tramitación de los Estatutos de algunas agencias, ahora paralizadas. En este sentido,  el propio Decreto 5/2010 estableció como fecha tope para la aprobación de los Estatutos de las agencias de nueva creación el 31 de diciembre de 2010. El fracaso de tal intento es significativo de la poca claridad sobre lo que se pretende hacer. La trascendencia del asunto no puede ser objeto de la improvisación que se ha mostrado.

 

3.- NEGOCIACIÓN:

En relación con lo anterior debemos subrayar la omisión de toda negociación colectiva. No solo se han evitado los cauces establecidos en la legislación general, no solo se ha obviado la convocatoria de la Mesa Sectorial  de Negociación así como a la Comisión de Convenio del Personal laboral (ver esto), sino que, una vez constatado el rechazo y el fracaso del intento de remodelación del sector público, se ha pretendido solventar estas carencias con acuerdos particulares con solo dos sindicatos (UGT y CCOO), eliminando de toda negociación o concertación al resto de fuerzas sindicales. Tal proceder ha elevado la oposición a las medidas de reestructuración en vez de aminorarla, y nos ha llevado a esta nueva situación: como no se puede mantener una actuación por Decreto-Ley, se lleva al Parlamento Andaluz, pero, no lo obviemos, muchas de las cuestiones antes señaladas podrán ser reguladas por  norma con rango de ley pero siguen siendo por naturaleza propias de la negociación colectiva, y deben ser objeto de, al menos, un procedimiento de negociación colectiva.

 

Con el Acuerdo entre la Consejería de Hacienda y Administración Pública y las organizaciones sindicales UGT y CCOO, publicado en BOJA de 27 de diciembre, se están limitando materias objeto de negociación a estos dos sindicatos como firmantes del Acuerdo, excluyendo al resto de las organizaciones sindicales representativas, actitud que USTEA valora muy poco democrática por lo que lo tenemos recurrido, por vulneración de la Ley Orgánica de Libertad Sindical.

 

Lo que está en juego es la propia Administración de la Junta de Andalucía, su sector público y, también, el marco jurídico de miles de empleados públicos. Por lo que respecta a esto último, que es lo más cercano al círculo de intereses del sindicato, es imprescindible aclarar lo antes apuntado y, luego, llevar a cabo una regulación que respete el mantenimiento íntegro del estatuto del empleado público en todos sus aspectos, de modo que cualquiera que sea la situación se mantenga el vínculo funcional con la Administración de origen. En todo caso, como esto ni se garantiza ni se ha siquiera apuntado por la Administración es por lo que mantenemos el rechazo íntegro de las medidas incluidas en el proyecto ley.

 

Con este panorama, USTEA ve necesaria dos vías de que solucionarían el conflicto creado:

 

1.      Se hace necesaria una reordenación del Sector Público Empresarial Andaluz, pero partiendo de cero, derogando los Decretos-Leyes 5-6/2010, con seriedad,  participación, diálogo y negociación de todas las instancias y agentes implicados; no como se está pretendiendo hacer, “por imposición”.

 

La reestructuración del sector público empresarial llevada a cabo en varias comunidades, ejemplos en Extremadura y Navarra, se han producido sin sobresaltos ni rechazo, en palabras del propio Presidente de la Junta de Extremadura “estos cambios no se hacen por decreto sino ante notario y en el Registro de la Propiedad, porque son empresas, aunque sean públicas" y sigue diciendo "desaparecen altos directivos de estas empresas públicas", de los que algunos de ellos pasarán a ser responsables de área, otros sencillamente dejarán de estar".

 

2.      Otra cuestión, y más importante, es la reforma de la Administración Pública Andaluza que pasa por una nueva Ley de Función Pública que se encuentra en vía muerta, borradores hay para ello desde hace varios equipos de gobierno y para la cual se constituyó un grupo de expertos, la cual recogería todo lo que el EBEP dispone y que exige adaptar muchos preceptos de la aún vigente Ley 6/1985, DE 28 DE NOVIEMBRE, DE ORDENACION DE LA FUNCION PUBLICA DE LA JUNTA DE ANDALUCIA.

 

 Ante todo lo expuesto:

 

USTEA defiende el  modelo de Administración Pública  independiente y garantista de los derechos de los ciudadanos que promulga la Constitución, el acceso en condiciones de igualdad a los servicios públicos esenciales y gratuitos, además de salvaguardar, a través de la negociación colectiva, los derechos laborales de los empleados públicos.  La prestación de los servicios no estarían garantizados ante el ciudadano perdiendo derecho de acceso a los mismos en condiciones de igualdad  y   objetividad, posibilitando en un futuro, el pago por la prestación del servicio.

Los empleados públicos somos los primeros interesados en que el sistema garantice un grado suficiente de empleo público para que podamos mantener nuestro trabajo y también para que podamos progresar en él; la situación actual no ayuda a alcanzar ese objetivo, pues buena parte de la actividad pública está hoy trasladada a entidades de derecho privado susceptibles de ser privatizadas del todo y con ello perdemos buena parte de nuestras expectativas laborales.

 

Y por otra parte, los primeros interesados también en que nuestro trabajo tenga un sentido y no seamos meros ayudantes al servicio de otras estructuras, que son las que hoy están asumiendo buena parte de las prestaciones y una parte cada vez más voluminosa de otras acciones más próximas a funciones públicas.

 

Desde USTEA reiteramos que las reformas del sector público se deben hacer por dos vías distintas por lo que de este Proyecto de Ley debe suprimirse toda referencia a la integración del personal de Administración General de la Junta de Andalucía, siendo exclusivamente una reordenación del sector público empresarial, ejemplos de ello es la Ley 13/2010 de Castilla La Mancha.

 Vídeo comparacencia

 Notas de prensa

     Europa Press

     Diario de Sevilla

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