por manuelj » 26 Abr 2010 11:59
Hola, según el Convenio este tipo de lista de sustituciones para cubrir sustituciones fuera de la bolsa de trabajo solo participan en su elaboracion los representantes de los trabajadores (Comite de Empresa) y Delegacion Provincial, aunque previa autorizacion de la Comisión de Convenio para su creación.
No se las bases de la lista de sustituciones por la que te regulan y si una vez cesada de tu puesto te tiene que dar de alta de nuevo en la citada lista, si has cumplido todos los requisitos de las bases en cuestion, estas listas suplen a las contrataciones por el SAE y por lo tanto tu te tienes que dar de alta en el SAE al terminar tu contrato y por lo tanto estar disponible, si tu has cumplido todos los requisitos por tu parte, yo en tu lugar reclamaría donde fuera necesario llegando incluso a la denuncia si fuera necesario