SENTENCIA COMITÉ EMPRESA IGUALDAD EN MÁLAGA

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SENTENCIA COMITÉ EMPRESA IGUALDAD EN MÁLAGA

Notapor FLO » 20 Oct 2009 17:27

Aquí os adjunto un USTEA INFORMA sobre sentencia contra sindicato UGT y presidenta del Comité de Empresa de la Deleg. Provincial de Málaga de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social. Estamos muy satisfechos con la sentencia ya que establece nítidamente que actúan deliberadamente contra nuestra libertad sindical, vaciando de contenido el órgano de participación principal y fundamental (Comité de Empresa) en la defensa de los intereses de las trabajadoras y de los trabajadores y en el funcionamiento de la propia Administración. Nuestro empeño ha sido y será el de salir del ostracismo al que nos quieren someter y que nuestra voz, aunque minoritaria, se escuche bien alto y claro y esa voz exigirá DIGNIDAD, exigirá TRANSPARENCIA, exigirá IGUALDAD, exigirá DEMOCRACIA, exigirá JUSTICIA. Y por supuesto, estamos convencid@s de que debe darse ya, de una vez por todas, que cada persona sea LIBRE, y pueda expresarse SIN MIEDO, que ser afiliado a la UGT no sea el salvoconducto para trabajar, y el no serlo se convierta en un "autodespido" de esta Delegación, con la connivencia evidente de la Administración. Así reiteramos nuestro EMPEÑO y COMPROMISO con la REGENERACIÓN DEMOCRÁTICA en el seno de los órganos de participación de la Empresa y en otros aspectos determinados de funcionamiento sobre los que ya estamos trabajando.

Un saludo.

http://asp-laborales.ustea.org/sites/default/files/seig.pdf
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Re: SENTENCIA COMITÉ EMPRESA IGUALDAD EN MÁLAGA

Notapor HIPATIA » 22 Oct 2009 10:46

Enhorabuena y ánimo!!
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Re: SENTENCIA COMITÉ EMPRESA IGUALDAD EN MÁLAGA

Notapor FLO » 27 Oct 2009 21:24

;) :!:
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Re: SENTENCIA COMITÉ EMPRESA IGUALDAD EN MÁLAGA

Notapor José Gómez » 29 Oct 2009 13:16

FLO escribió:Aquí os adjunto un USTEA INFORMA sobre sentencia contra sindicato UGT y presidenta del Comité de Empresa de la Deleg. Provincial de Málaga de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social. Estamos muy satisfechos con la sentencia ya que establece nítidamente que actúan deliberadamente contra nuestra libertad sindical, vaciando de contenido el órgano de participación principal y fundamental (Comité de Empresa) en la defensa de los intereses de las trabajadoras y de los trabajadores y en el funcionamiento de la propia Administración. Nuestro empeño ha sido y será el de salir del ostracismo al que nos quieren someter y que nuestra voz, aunque minoritaria, se escuche bien alto y claro y esa voz exigirá DIGNIDAD, exigirá TRANSPARENCIA, exigirá IGUALDAD, exigirá DEMOCRACIA, exigirá JUSTICIA. Y por supuesto, estamos convencid@s de que debe darse ya, de una vez por todas, que cada persona sea LIBRE, y pueda expresarse SIN MIEDO, que ser afiliado a la UGT no sea el salvoconducto para trabajar, y el no serlo se convierta en un "autodespido" de esta Delegación, con la connivencia evidente de la Administración. Así reiteramos nuestro EMPEÑO y COMPROMISO con la REGENERACIÓN DEMOCRÁTICA en el seno de los órganos de participación de la Empresa y en otros aspectos determinados de funcionamiento sobre los que ya estamos trabajando.

Un saludo.

http://asp-laborales.ustea.org/sites/default/files/seig.pdf
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OTRA CONDENA (SENTENCIA COMITÉ EMPRESA IGUALDAD EN MÁLAGA)

Notapor FLO » 06 Nov 2009 15:19

Con fecha 21 de octubre de 2009 el JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 4 DE MÁLAGA EN SENTENCIA Nº 414/09 EMITE EL SIGUIENTE FALLO:

I.- Se desestiman las excepciones de falta de legitimación activa y de falta del debido litisconsorcio.
II.- Se estima parcialmente la demanda.
III.- Se declara la existencia de la vulneración del derecho a la libertad sindical de CCOO.
IV.- Se declara la nulidad radical de la conducta del Comité de Empresa y de doña María Luisa Rodríguez Reiris, consistente en la negativa a dar la información requerida a los miembros de dicho órgano de dicha organización sindical y de convocatoria del pleno del mismo con periodicidad mensual.
V.- Se condena a los anteriores a proporcionar dicha información así como a realizar la expresada convocatoria.
VI.- Se absuelve al resto de los demandados de las peticiones efectuadas en su contra.
VII.- Notifíquese esta sentencia a las partes interesadas, con indicación de los recursos que correspondan; llévese el original al Libro de Sentencias; y déjese testimonio de la misma en autos.


Este es el fallo y viene a corroborar que algo grave ocurre en la Delegación de Igualdad en Málaga y algo grave ocurre en la FSP-UGT en Málaga. Supongo que será la propia FSP-UGT, por el bien del propio sindicato, la que tenga que arbitrar las medidas de saneamiento que considere oportunas ante las reiterativas acciones contra la libertad sindical.
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