PARA RAFA:RPT EN CASE

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PARA RAFA:RPT EN CASE

Notapor MAR » 15 Jul 2009 23:42

HOLA RAFA,
he leido en una nota de otro sindicato que al transferir las competencias de las guarderías de Igualdad a Educación, la intención es cubrir las RPT. ¿Esto significa que puede haber puestos que no se estén cubriendo?. Me refiero a la categoría de Educador Infantil.

Creo que las oposiciones que se han convocado son las primeras y,por tanto, las plazas que aparecen en la RPT ¿estaban ocupadas por educadores infantiles? o no estaban siendo cubiertas. Si es así, crees que se van a cubrir con los integrantes de la bolsa que recientemente se ha publicado?

Muchas gracias,
MAR
 
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Re: PARA RAFA:RPT EN CASE

Notapor Rafa Rivero » 16 Jul 2009 01:21

Las escuelas infantiles tienen su RPT funcionando y las plazas cubiertas, pero hay algunas que aunque exista RPT ésta no se encuentra dotada en su totalidad (caso por ejemplo de Arco e Iris de Sevilla), otras en las que estaba prevista una ampliación que finalmente no se produjo, otras en las que se amplió pero con contratos al margenv de la RPT (circunstancias de la producción o Plan de Choque) incluso otras que están gestionadas por una empresa privada, mediante concurso anual. No creo que sea a estos casos a los que se refiueren, pues en Educación nos dijeron que estos casos por ahora no van a resolverse.

Por ahora, según nos dijeron en educación no hay previsto ningún aumento de plantilla ni creación de nuevas plazas de la RPT de estos centros, pero lo que si se pretende aclarar son personas que trabajan en las escuelas infantiles (guarderías) sin formar parte de la RPT de esos centros, a pesar de llevar años trabajando en ellos, pero continúan vinculadas a códigos de plazas o servicios que desaparecieron y fueron reubicadas en las guarderías pero sin asignarles uno de los códigos de la RPT de estos centros. Creo que es a eso a lo que se refiere la información que comentas y no afecta, en principio a la categoría de educador infantil. Estos casos si los aceptaría asumir Educación puesto que no supone la creación de ningún nuevo puestos y además de no asumirlos algunas plantillas serían insuficientes en determinadas categorías, viendo mermado los recursos de los que venían disponiendo desde hace años. Por este motivo Educación si estaría dispuesta a que estas personas pasasen a formar parte de la RPT de las escuelas infantiles, modificando esas RPT e incluyéndolas en las mismas.
Rafa Rivero
 
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Re: PARA RAFA:RPT EN CASE

Notapor MAR » 16 Jul 2009 14:52

gracias por responder tan rápidamente.

En relación a lo que me contestas hay algo que no comprendo.Me dices que las plazas de las RPT están cubiertas, pero sin embargo las oposiciones de educador infantil, según tengo entendido, son las primeras que convoca la junta. Entonces ¿quienes están ocupando dichas plazas? ¿cómo han entrado? ¿son maestros con la especialidad de infantil como dice el decreto 149 por el que se regulan los centros de educación infantil?
MAR
 
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Re: PARA RAFA:RPT EN CASE

Notapor Rafa Rivero » 16 Jul 2009 16:35

Si, están ocupadas por personal temporal, educadores infantiles que tiene la titulación de magisterio con la especialidad de infantil. Ten en cuenta que las escuelas infantiles son las mismas practicamente que había en los años 90 y las plazas que hoy son de educador infantil son las que con anterioridad eran de educador .

La Consejería de Igualdad organizó mediante un acuerdo con la UNED, durante el curso 2001/02, cursos de especialización en educación infantil, según lo recogido en la Orden de 11 de enero de 1996 del Ministerio de Educación (BOE 23 de enero de 1996, página 1949 y siguientes) o en el ámbito andaluz por la Orden de 25 de febrero de 1997 de la Consejería de Educación (BOJA de 25 de marzo de 1997 página 36 y siguientes) y la mayoría de los educadores de esta Consejería participaron y adquirieron la especialidad de infantil en el año 2002.

Con posterioridad en el BOJA de 08-06-05, página 34 y siguientes, se publica el Acuerdo de la Comisión de Convenio de 5 de abril de 2005 por el que, entre otras modificaciones, se crea la nueva categoría de Educador Infantil y se adscriben a ella los educadores que venían prestando servicios en las guarderías (CASE) pertenecientes a la Consejería de Igualdad. Ese acuerdo se hizo efectivo mediante la Orden de 25 de mayo de 2007 publicada en el BOJA de 11 de junio de 2007, página 27 y siguientes por el que se adscriben a la nueva categoría de educador infantil a aquellos educadores que venían prestando servicio en esos centros y cumplían los requisitos exigidos para la nueva categoría, es decir, estaban en posesión de la especialidad de infantil.Entre éstos había también educadores cuya ocupación del puesto era con carácter temporal.

También con posterioridad y al producirse alguna vacante por algún motivo se han ocupado plazas de esta categoría por trabajadores temporales que las vienen desempeñando y son algunas de las que se ofertarán a los que aprueben definitivamente las oposiciones de educador infantil.
En resumen las plazas que se van a ofertar no están vacías, sino ocupadas por temporales y algunos/as de ellos han aprobado los exámenes y tienen muchas posibilidades de ser adjudicatarios definitivos.
Rafa Rivero
 
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