Buenas tardes, según parece y comenta otra central sindical el 30% del premio de jubilación esta exento de ser declarado en hacienda, mi pregunta es ¿Cómo se aplica este porcentaje sencillamente lo descuento a la hora de declarar?, si me pregunta el de hacienda ¿Qué le digo que lo ha dicho un sindicato?, me imagino que abra una norma, un acuerdo, alguna instrucción de función publica o de la propia delegación de hacienda de la junta, seria interesante contar con este documento para evitar problemas con hacienda a la hora de hacer la declaración de la renta.
Gracias.