por Rafa Rivero » 27 Jun 2009 14:24
Creo que no has entendido bien la información. USTEA planteó ese conflicto en el tribunal Superior porque entendemos que la empresa tiene la obligación de formar a los trabajadores que ocupan esos puestos cuya titulación se ha modificado en aplicación del art, 49 del convenio.
El tribunal Superior en lugar de entrar a debatir si llevabamos razón en lo que demandabamos nos dijo quye no podíamos interponer conflicto colectivo por no tener suficiente representatividad, para que nos entendamos no dijo si tenímos razón o no sino que dijo "tu no puedes denunciar" y no siguió.
Contra esa sentencia , ese "tu no puedes denunciar" fuimos al Supremo y éste tribunal le ha dicho ahora al Superior, paraentendernos "Oiga que USTEA sí que puede denunciar y haga el favor de entrar a juzgar la demanda que interpusieron" bueno ésto dicho en lenguaje coloquial es lo que ha ocurrido, así que ahora se verá la emanda y si nos dieran la razón la Administración tendría la obligación de convocar cursos de capacitación profesional o habilitación, para el personal de aquellas categorías donde ha modificado los requisitos de titulación.