por JOAQUIN » 11 May 2010 07:37
Pues sí, yo creo que eso es así, lo que se cobra es lo normal: sueldo base, complemento de convenio, complemento de categoría, antiguedad, ...; pero si estás disfrutando de las vacaciones, no puedes cobrar el complemento de nocturnidad, el de turnicidad, las horas extras o los días en festivo, puesto que no los trabajas. Los demás meses sí los cobrarás, si los trabajas.