POSIBLE SOLUCIÓN A FIJOS DISCONTINUOS EN CENT. TIEMPO LIBRE

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POSIBLE SOLUCIÓN A FIJOS DISCONTINUOS EN CENT. TIEMPO LIBRE

Notapor FLO » 08 Feb 2010 14:56

Información fechada en sevilla el 4 de febrero y firmada por portavoz csif subcomision empleo.

Tras la reunión celebrada en el día de ayer por parte de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Empleo y la Consejería de Justicia (Servicio de Función Pública), se ha llegado por fin a un Acuerdo de redacción del tipo de contrato que debe de realizársele a los trabajadores contratados para vacantes en la RPT de los Centros de Tiempo Libre en plazas fijas-discontinuas, siendo el siguiente:

El tipo de contrato a realizar es el modelo 118/03, añadiéndole una “Cláusula adicional” en la que se recogerá que la suspensión del contrato es por la causa de cese de actividad, estando el trabajador contratado para una plaza vacante de la RPT fija-discontinua.

Los trabajadores que se contratarán para esta temporada, serán aquellos que se recojan en las relaciones remitidas a la Consejería de Empleo y a Función Pública por parte de las Delegaciones Provinciales de Empleo que estuvieron contratados ya en la temporada anterior.


Aún quedan, que yo sepa dos sentencias pendientes sobre este tema en Almería y Málaga, que han venido empujando en el sentido de solucionar unos errores en las contrataciones de fijos discontinuos en centros de tiempo libre de Andalucía que venían produciéndose a lo largo de los años incomprensiblemente.

¡¡No obstante si ya se ha llegado a una solución administrativa, aunque tarde, bienvenida sea!!
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Re: POSIBLE SOLUCIÓN A FIJOS DISCONTINUOS EN CENT. TIEMPO LIBRE

Notapor Rafa Rivero » 08 Feb 2010 17:28

Esa misma información nos transmitieron en la reunión que USTEA mantuvo en la Consejería con los responsablesc de la Función Pública. Desde USTEA les transmitimos que el contrato sigue siendo válido aunque el centro cese en su actividad durante algunos meses pues la propia naturaleza del puesto que ocupa ya recoge esa circustancia, al ser un puesto discontinuo ya deja claro que algunos meses se cesará en la actividad, pero al reiniciarse de nuevo la actividad el contrato sigue vigente, no finaliza al cerrar el centro por finalizar la temporada, insisto ya se sabe que es así en un puesto dsiscontinuo. La Administración aceptó sin más estos argumentos y nos manifestó que desde hacía varios meses ya habían dado orden a las Delegaciones de Empleo (de donde dependen esos centros) para que e respetase esas circunstancias y que los mismos trabajadores que finalizaron la temporada con cotrato en vigor volverían a sus puestos cuando se reiniciase la nueva temporada. Es más nos insistieron que si conocíamos algún caso del año 2009 en que no se hubiera respetado el contrato. Se le comentó lo de Málaga pero en realidad es un caso anterior al 2009 y así nos lo dijeron. En resumen desde el año 2009 (supongo que u´timo trimestre) hay orden de que los contratos son válidos y las personas a reinicar la temporada en la Resicencia de Tiempo Libre son las mismas pues su contrato discontinuo sigue vigente ya que ocupan una vacante y solo a través de un concurso se la pueden pisar, como todas las vacantes.
Rafa Rivero
 
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