por Rafa Rivero » 26 Oct 2009 19:28
En la Junta de Andalucía, en las guarderías propias, está muy claro las titulaciones válidas, en las privadas y municipales (casi todas de gestión privada) parece que no cumplen con la normativa, para ello el propio Decreto ha establecido un periodo de transición de 4 años. Te copio debajo el art 16 y la disposición transitoria segunda:
Artículo 16. Requisitos de personal.
1. Los centros educativos que impartan el primer ciclo de
la educación infantil contarán con profesionales que posean el
título de maestro o maestra con la especialización en educación
infantil o el título de grado equivalente. Asimismo, deberán
contar para la atención educativa y asistencial del alumnado
con personal cualificado que posea el título de técnico
superior en educación infantil o cualquier otro título declarado
equivalente a efectos académicos y profesionales.
2. Las titulaciones del personal de los centros educativos
a los que se refiere el apartado anterior podrán ser suplidas
por los correspondientes cursos de habilitación autorizados,
de conformidad con la normativa que resulte de aplicación.
Disposición transitoria segunda. Período de adaptación a
la normativa de titulaciones o acreditaciones.
Podrán continuar prestando servicios en los centros
educativos que imparten el primer ciclo de educación infantil
aquellas personas que, sin estar en posesión de alguna de las
titulaciones indicadas en el artículo 16, estén trabajando como
educadoras en los mismos a la entrada en vigor del presente
Decreto. Estas personas dispondrán de un plazo máximo de
cuatro años, a partir de la publicación del presente Decreto,
para cumplir los requisitos exigidos en el mismo