por Rafa Rivero » 10 Oct 2009 14:03
Alfonso, en primer lugar no se si he entendido bien tu mensaje, pero en todo caso si no es así me corriges. Sobre en qué condicionesquedan los laborales en puesto "F" mo se si te refieres una vez que hayan aprobado la promoción cruzada o a los que se presenten y no consigan promocionar. Si es respecto a los primeros, pues una vez accedan a la condición de funcionario ellos decidirán si quieren seguir manteniendo la excedencia la otra categoría de funcionario o en la que acaban de adquirir, ya que los funcionarios pueden tener varios puestos.
He leido los requisitos exigidos en la Resolución para los aspirantes y no veo nada referido a que los candidatos que ya sean funcionarios de otra categoría y sean personal laboral fijo de las categorías de auxiliares administrativos o administrativos no puedan participar.
Respecto a las retribuciones de este personal una vez que accedan a funcionarios, aunque es algo que aun se está intentando que dejen claro, parece que la intención de la Administración es garantizar que no habrá pérdidas económicas y que al menos se seguirá percibiendo las mismas cantidades que se perciben actualmente como laboral, probablemente estableciendo algún complemento, aunque es cierto que aun no está totalmente claro y definido.
Con respecto a que esta solución, la garnatia de cobrar al menos las mismas cantidades como laboral que como funcionario, o lo quees lo mismo que el acceso a funcionario a traves de la promoción cruzada no suponga pérdidas económicas para los adjudicararios, y lo que plantéas que pudiera hacerse extensiva a personas en excedencia como funcionarios que quieran finalizar la excedencia, creo que no sería así, solo se prevee para los laborales que pasen a funcionarios, no para los funcionarios que se reincorporen de una excedencia, pues en ese caso opino que le abonaría las retribuciones que cobren el reto de los funcionarios que tengan las mismas características que el que se reincorpora de la excedencia en el puesto que ocupan.
Respecto a tener en cuenta la experiencia es algo que se está ya pleiteando por parte de los mismos funcionarios que fueron interinos respecto a su tiempo como funcionarios interinos y esta pendiente de sentencia. Por ahora la Junta solo reconoce laxexperiencia desde el momento que se accede a funcionarios de carrera.
POr último quiero decirte que en este foro al ser de personal laboral, tal vez se nos escapen o no tengamos la información correcta sobre cuestiones que son propias del funcionariado, ya que el funcionamiento no es el mismo ni lo que vale para unos, los laborales, es siempre igual para los otros, los funcionarios. Por ello, independientemente de que yo me haya "atrevido" a responder sobre cuestiones que son proipias del funcionariado, creo que lo mejor sería que esas mismas preguntas se las hicieras a los sindicatos de funcionarios, pues tal vez yo me haya podido equivocar en algunas de mis respuestas por desconocimiento del funcionamiento de los concursos, excedencias, retribuciones.... del personal funcionario