Han aceptado las propuestas porque les importamos un carajo, su fin primero y último, el espíritu de todo esto lo manteinen en el acuerdo que han llevado a cabo, es decir, Hacen empleados públicos a los enchufados, cuando lo tengáis ver por ejemplo el punto 1:
ÁMBITO DE APLICACIÓN
El ámbito de aplicación del presente acuerdo afecta al personal al servicio de la Junta de Andalucía, y por tanto a los empleados y empleadas públicas que prestan sus servicios en las entidades incluidas en el Título II y III, Capítulo II de la Ley 9/2007 de 22 de Ocutubre de la Administración de la Junta de Andalucía, es decir, su Administración General y de sus agencias ( Administrativas, Empresariales en sus dos modalidades y especiales) sin perjuicio dek régimen jurídico que corresponda aplicarles.
Al citado personal le es de aplicación la ley 7/2007 de 12 de Abril por la que se aprueba el EBEP así como su normativa de desarrollo.
EMPEZAMOS MAL, CONSIDERAN A LOS TRABAJADORES DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS, ENTES DE DERECHO PRIVADO, FUNDACIONES, ETC COMO EMPLEADOS PÚBLICOS.......
pUNTO cUARTO.
La Administración genral de la Junta de Andalucía y sus agencias, tanto las actuales como las futuras, sse dotarán para la ordenación de sus recursos humanos de las correspondientes RPTs en los mismos términos que qctualmente se rige en la Admon. Gral de la JA, de acuerdo con lo establecido en el EBEP.....
PUNTO SEXTO
El VII Convenio Colectivo de la Junta de Andalucía recogerá dentro de su ámbito de aplicación, al personal laboral perteneciente tanto a la Administración de la Junta de Andalucía como a sus Organismos Autónomos y Agencias Públicas.
SEÑORES: Adios a las posibilidades de consolidación del Personal Temporal, adios a las posibilidades de Promoción, adios a la Acción Social porque donde comen dos no pueden comer 40 .
Esto es la materialización de regularizar los privilegios de todos los que han entrado por la cara sin pasar por los procesos selectivos correspondientes y del resto del acuerdo no me creo nada de nada
Saludos