por Andevalo » 12 Nov 2017 22:01
Buenas noches:
Al estar ocupando un puesto de trabajo vacante de la RPT, sólo te pueden desplazar del mismo mediante los concursos de acceso, traslado o promoción y terminaría tu contrato. Por lo tanto mientras que esto no ocurra no te dan de baja, en el caso que te desplacen mediante los concursos citados, volverás a la bolsa de trabajo.
Saludos.