¡Feliz Año!
Por lo que he indagado, las ayudas de acción social de la junta sólo podrás solicitarlas o recibirlas (mejor dicho) si el tratamiento necesario no puede proporcionártelo la Seguridad Social.
También creo que se va a modificar el reglamento de las ayudas de acción social, pero no obstante, la política de lo que te garantice la seguridad social no te lo abone o subvencione mediante acción social no creo que se modifique. Aunque hay tratamientos que a pesar de atenderlos la seguridad social suponen un desembolso considerable, tratamientos alergia, fecundación etc... habrá que ver las negociaciones sobre el tema.
RESOLUCIÓN de 3 de febrero de 2009, de la Di-
rección General de Inspección y Evaluación de Servi-
cios, por la que se distribuye el presupuesto del Fondo
de Acción Social del ejercicio 2009 y se fijan las cuan-
tías de las ayudas para el mismo ejercicio económico.
http://www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/2009/32/d/updf/d21.pdfIntervenciones quirúrgicas:
Se contemplan como tales las intervenciones oculares, la periodoncia y la inseminación artificial,
incluida la fecundación «in vitro», en los supuestos no cubiertos por la Seguridad Social. * Intervenciones oculares: Se concederá un 30% del gasto realizado por cada acto médico, con un máximo de 451 euros.
* Periodoncia: Se concederá un 30% del gasto realizado por cada acto médico, con un máximo de 451 euros.
*
Inseminación artificial: Se concederá un máximo de 900 euros por cada acto médico, previa justificación del gasto. Como gastos se podrán incluir todos los gastos médicos que se hayan realizado desde que comenzó el tratamiento.
Un saludo.