¿Que posibilidades tenemos en otras Entidades?

Foro para atender todas las consultas sobre las cuestiones relativas al personal laboral de la Junta de Andalucía

¿Que posibilidades tenemos en otras Entidades?

Notapor Magneto » 17 Sep 2009 21:08

¿Conocéis a algún "transfuga" que lo haya conseguido a la Universidad, Administración Local, otra Autonimía ó Administración Local... quizás otro tipo de corporación ó Empresa Municipal?
=======================================================================
Antes de imprimir este mensaje, asegúrate de que es necesario. Proteger el medio ambiente está también en tu mano.
Magneto
 
Mensajes: 979
Registrado: 09 Jun 2009 09:46

Re: ¿Que posibilidades tenemos en otras Entidades?

Notapor Magneto » 18 Sep 2009 08:31

Magneto escribió:¿Conocéis a algún "transfuga" que lo haya conseguido a la Universidad, Administración Local, otra Autonimía ó Administración Local... quizás otro tipo de corporación ó Empresa Municipal?


Me refiero a concursar, con los méritos de aquí, en otra Entidad... con éxito.
=======================================================================
Antes de imprimir este mensaje, asegúrate de que es necesario. Proteger el medio ambiente está también en tu mano.
Magneto
 
Mensajes: 979
Registrado: 09 Jun 2009 09:46

Re: ¿Que posibilidades tenemos en otras Entidades?

Notapor FLO » 19 Sep 2009 14:16

No hay costumbre en las administraciones públicas de que el ingreso se por concurso puro... Es raro. Así que si quieres moverte a otrs administraciones tendrás que opositar, por supuesto tu experiencia, antigüedad, cursos, etc tendrán su validez según las diferentes convocatorias, pero el examen lo tendrás que preparar y aprobarlo. Sobre la movilidad hacia otras administraciones por traslado en laborales creo que no hay nada. En funcionarios creo que sí hay posibilidades, pero teóricas, ya que apenas salen plazas. Creo que en EBEP (estatuto básico empleado público) hay referencias a esto último.
UN SALUDO.
FLO
 
Mensajes: 4601
Registrado: 27 Mar 2009 19:16

art 84 EBEP La movilidad voluntaria entre Administraciones P

Notapor FLO » 19 Sep 2009 14:27

Artículo 84. La movilidad voluntaria entre Administra-
ciones Públicas.
1. Con el fin de lograr un mejor aprovechamiento de
los recursos humanos, que garantice la eficacia del servi-
cio que se preste a los ciudadanos, la Administración
General del Estado y las Comunidades Autónomas y las
Entidades Locales establecerán medidas de movilidad
Interadministrativa, preferentemente mediante Convenio
de Conferencia Sectorial u otros instrumentos de colabo-
ración

2. La Conferencia Sectorial de Administración
Pública podrá aprobar los criterios generales a tener en
cuenta para llevar a cabo las homologaciones necesarias
para hacer posible la movilidad
3. Los funcionarios de carrera que obtengan destino
en otra Administración Pública a través de los procedi-
mientos de movilidad quedarán respecto de su Adminis-
tración de origen en la situación administrativa de servi-
cio en otras Administraciones Públicas. En los supuestos
de cese o supresión del puesto de trabajo, permanecerán
en la Administración de destino, que deberá asignarles un
puesto de trabajo conforme a los sistemas de carrera y
provisión de puestos vigentes en dicha Administración.
FLO
 
Mensajes: 4601
Registrado: 27 Mar 2009 19:16


Volver a Foro de Información General

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 6 invitados