ESTE AÑO HABRÁN LABORALES QUE COBREN MENOS DE 1000 EUROS

Rafa, se cumple lo dicho en un tema que se publicó en este foro el 18 de Enero de 2010. Habrá un gran número de laborales, sobre todo los del grupo V, que cobrarán MENOS DE 1000 €
y otro grupo de laborales que cobrarán menos que el año pasado
. Luego vuelven a mentirnos y vuelven a incumplir los acuerdos ya firmados en las mesas de negociación. Rafa, ¿Esto no sería un conflicto colectivo por incumplimiento del Acuerdo de 30 de Octubre dd 2007, de la mesa sectorial de negociación y de la Comisión del VI Convenio Colectivo de personal laboral de la Junta de Andalucía donde, en el apartado TERCERO (fondos adicionales) firmaron lo siguiente:
Fondos de adecuación retributiva
Se adaptarán las valoraciones de los puestos de trabajo de forma que se asegure que desde el 1 de enero de 2009, la totalidad del personal al servicio de la Administración General, perciba como retribución una cuantía mensual líquida no inferior a 1.000 euros. A estos efectos se considerará retribución líquida la diferencia entre la suma de todos los conceptos retributivos de naturaleza fija (sueldo base, complementode destino y complemento específico,o sus equivalentes para el personal laboral), y la de los conceptos deductivos siguientes: Cuotasde Seguridad Social o Mutualidades de Previsión de carácter obligatorio (Muface, DerechosPasivos, etc.), y la retención a cuenta del I.R.P.F.


Fondos de adecuación retributiva
Se adaptarán las valoraciones de los puestos de trabajo de forma que se asegure que desde el 1 de enero de 2009, la totalidad del personal al servicio de la Administración General, perciba como retribución una cuantía mensual líquida no inferior a 1.000 euros. A estos efectos se considerará retribución líquida la diferencia entre la suma de todos los conceptos retributivos de naturaleza fija (sueldo base, complementode destino y complemento específico,o sus equivalentes para el personal laboral), y la de los conceptos deductivos siguientes: Cuotasde Seguridad Social o Mutualidades de Previsión de carácter obligatorio (Muface, DerechosPasivos, etc.), y la retención a cuenta del I.R.P.F.