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Para Rafa: vacaciones

NotaPublicado: 11 Dic 2009 11:18
por NESS*
Mi consulta es para un compañero, que está de baja por enfermedad y se va a incorporar al trabajo. Su duda es si perderá las vacaciones que le quedan y los días de asuntos propios, y cómo cogérselos. Sé que los asuntos propios se cogen hasta el 15 de enero, pero no tengo claro si las vacaciones se pueden coger con posterioridad, o si se pueden juntar con los días de asuntos propios. Gracias.

Re: Para Rafa: vacaciones

NotaPublicado: 12 Dic 2009 02:28
por FLO
https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/adj-Mod35VICLAB.pdf?v=&codigo=/system/bodies/Contenidos_Empleado/Contenido_General/TRAMITES_LABORALES/DERECHOS_DEBERES/Modificacion_art._35_VI_Convenio_Colecti/Mod35VICLAB.pdf

Prácticamente no se incorporaría hasta enero. Tiene derecho a sus vacaciones hasta el 15 de enero. Podría prorrogarse, con carácter excepcional, más allá, pero ha de estar supervisado ese permiso por la comisión de convenio. Es cuestión de solicitarlo lo más pronto posible. Los asuntos propios en teoría no se pueden unir. Casi mejor tomar primero los asuntos particulares y después solicitar las vacaciones por si acaso sí pudieran ampliarse más allá del 15 de enero con carácter excepcional. Un saludo.