Vacaciones educadores infantiles. Para Rafa Rivero

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Vacaciones educadores infantiles. Para Rafa Rivero

Notapor rociocarrasco » 16 Nov 2009 21:13

Rafa, otra vez estoy aquí con dudas. Si yo entré a trabajar el día 23 de Octubre en la E.I., en teoría me corresponden casi 6 días de vacaciones (la parte proporcional de los 30 anuales). Eso es así, o por tener un calendario "especial" las Escuelas Infantiles, ya no podría disfrutar de las vacaciones?
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Re: Vacaciones educadores infantiles. Para Rafa Rivero

Notapor JOAQUIN » 16 Nov 2009 21:32

Las vacaciones en las Escuelas Infantiles (antigüas Guarderías o CASE) son en Agosto; luego, del 10 al 31 de Julio es cierre de centro. Igualmente ocurre desde el 23 de Diciembre hasta el 7 de Enero, descanso por cierre de centro. Los días que te pudieran corresponder desde que has empezado a trabajar hasta final de año puede que te los paguen, la parte proporcional, pero no disfrutarlos.

Los asuntos propios te corresponden 1 por cada 45 días de trabajo, o sea, que el 7 de Diciembre te corresponde ese día; bueno, como el 7 lo hacen festivo, pues lo podrías coger el 9 de Diciembre.
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Re: Vacaciones educadores infantiles. Para Rafa Rivero

Notapor Rafa Rivero » 16 Nov 2009 23:32

Lo siento pero creo que hay que ser realistas y no tiene sentido querer que la Administración, a un contrato que comenzó el 23 de octubre le conceda 5 días de vacaciones y además le conceda desde el 22 de diciembre al 7 de enero, días en que las escuelas infantiles tienen recogido en su calendario como "cierre de centro".

Con respecto al abono de las vacaciones que comenta Joaquín hay que decir que es ilegal abonar las vacaciones teniendo contrato en vigor, las vacaciones son siempre en días de descanso, lo contrario es pervertir el sentido que tienen las vacaciones y como he dicho contrario a la Ley. Solo existe una excepción por la que legalmente se permite abonar las vacaciones y es cuando el contrato finaliza sin haber podido disfrutarlas.
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Re: Vacaciones educadores infantiles. Para Rafa Rivero

Notapor JOAQUIN » 17 Nov 2009 09:22

Gracias por la aclaración, Rafa. Un saludo.
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