por Rafa Rivero » 10 Nov 2009 21:33
Supongo que te refieres a la promoción cruzada para pasar de laboral a funcionario. Te aclaro por si acaso que no cualquier categoría del grupo III, ni de cualquier otro grupo, puede participar en la promoción cruzada, sino solo aquellas que la Administración considere que son propias del funcionariado y que fundamentalmente hacen referencia a aquellas categoría que están duplicadas, pues la misma existe para funcionarios y laborales y está mejor cubierta por el funcionariado por tratarse de funciones que deben ser desempeñadas por funcionarios, por ejemplo las dos que están ahora en proceso, auxiliar administrativo (grupo IV) y Administrativo (Grupo III).
Otro problema para los que promocionen es que se perderían retribuciones ya que los sueldos de un puesto base de funcionario de estas categorías son inferiores a los del personal laboral y por ahora la Administración se niega a incluir un complemento personal transitorio que garanticen los salarios a los laborales que promocionen a funcionarios.Por tanto el laboral perdería mensualmente retribuciones al pasar a funcionario.