El TSJA ha dado la razón al Sindicato USTEA en el conflicto colectivo colectivo para que se programaran cursos de habilitación para las categorías cuyos requisitos de titulación se modificaron por el acuerdo de la Comisión de Convenio de junio de 2005, en aplicación de lo recogido el el art. 49.3 y 49.5 del Convenio Colectivo.
El TSJA condena de nuevo a la Junta e Andalucía y a los sindicatos CCOO UGT y CSIF a estar y pasar por esta sentencia. En unos días os ampliaremos la información. Saludos