Sí, se pueden pedir permisos no remunerados. Te copio el art 36.1.2.2:
1.2.2. El personal con un año como mínimo de servicio activo en la Junta de Andalucía, tendrá derecho, si las necesidades del servicio lo permiten, a permisos sin retribución, con una duración mínima de quince días en cada caso, siempre que su duración acumulada no exceda de tres meses cada dos años.
La solicitud para estos permisos es la de permisos y licencias, te dejo el enlace para descargarla:
https://ws045.juntadeandalucia.es/emple ... l/&c=24771