Disposición adicional tercera.
2.c) El personal laboral de la Administración General de
la Junta de Andalucía que se integre en una nueva entidad
por aplicación del presente Decreto-Ley, podrá participar en
las convocatorias de concursos de traslados que se realicen
para el personal laboral al que le sea de aplicación el Convenio
Colectivo del personal laboral de la Administración General de
la Junta de Andalucía durante los cinco años siguientes a la
fecha de integración en la nueva entidad.
Como diría shrek, "y voy yo y me lo creo", como son tan rápidos convocando y resolviendo concursos de traslados, ahora tendrán menos prisas en convocarlos, hasta que pasen esos cinco añitos y así desacerse del personal.
Que Dios nos pille confesaos.