TITULACIÓN REQUERIDA PARA EL ACCESO (1)
GOBERNANTA 4 4 0 Técnico Superior en Alojamiento
ENCARGADO DE ALMACÉN 5 5 0 Técnico Superior en Gestión Comercial y Marketing o Téc. Sup.
en Administración y Finanzas
INTÉRPRETE INFORMADOR 5 5 0 Técnico Superior en Información y Comercialización Turísticas
TÉCNICO PRÁCTICO NO TITULADO 5 5 0 Bachiller Superior o equivalente, Formación Profesional de 2º Grado
JEFE DE COCINA 6 6 0 Técnico Superior en Restauración
PROFESOR DE PRÁCTICAS 7 7 0 Título o Diploma que los califique como Profesor de Prácticas
ANALISTA DE LABORATORIO 10 10 0 Técnico Superior en Laboratorio de Diagnóstico Clínico, Téc. Sup. En Análisis y Control, Téc. Sup. En Salud Ambiental o Téc. Sup. Química Ambiental
CONDUCTOR MECÁNICO DE PRIMERA 11 10 1 Bachiller Superior o equivalente, Formación Profesional de 2º Grado
y todos los permisos de conducir
ENCARGADO 12 11 1 Bachiller Superior o equivalente, Formación Profesional de 2º Grado
OFICIAL PRIMERA COCINERO 15 15 0 Técnico Superior en Restauración
MONITOR/A CENTROS MENORES 15 14 1 Técnico Superior en Educación Infantil, Téc. Sup. En Integración Social o Téc. Sup. En Animación Sociocultural
MONITOR/A DE RESIDENCIA ESCOLAR 16 16 0 Igual que la anterior
OFICIAL PRIMERA DE OFICIOS 18 18 0 Bachiller Superior o equivalente, Formación Profesional de 2º Grado
JEFE DE SERVICIOS TÉCNICOS Y MANTENIMIENTO 23 22 1 Técnico Superior en Mantenimiento y Montaje de Instalaciones,
de Edificio y Proceso
MONITOR/A ESCOLAR 28 27 1 Técnico Superior en Administración y Finanzas o Téc. Sup. en Animación Sociocultural
TÉCNICO/A SUPERIOR EN EDUCACIÓN INFANTIL 93 89 4 Técnico Superior en Educación Infantil
MONITOR/A EDUCACIÓN ESPECIAL 273 263 10 Técnico Superior en Integración Social
TOTAL 546 527 19
(1)
Los requisitos de titulación para el acceso de cada categoría son los explicitados en este Anexo, salvo lo estipulado en la cláusula quinta, apartado 2, del Acuerdo de la Comisión del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía por el que se introducen diversas modificaciones en el sistema de clasificación profesional (BOJA núm. 110, de 8 de junio de 2005).2. El personal laboral que haya adquirido o adquiera la condición de temporal de conformidad con los requisitos actuales y que no reúna los nuevos requisitos de titulación implantados mediante el presente Acuerdo podrá acceder a la condición de fijo en los procesos de ingreso derivados de las Ofertas de Empleo 2003 o 2005 siempre que acrediten, en el momento del acceso, un período mínimo de experiencia en el ámbito del VI Convenio Colectivo en la categoría profesional correspondiente que será de seis meses para las categorías correspondientes al Grupos I y II, y de tres meses para las pertenecientes al resto de los Grupos.http://www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/2005/110/d/updf/d15.pdf