por MARX » 19 Dic 2023 14:02
El art.: 17.5. del convenio dice:
Concursos de promoción específicos son aquellos en los que se aspira a ocupar un puesto de
trabajo correspondiente, en su caso, a una o varias categorías del mismo grupo profesional.
Estos concursos se realizarán, en todo caso, cuando los puestos a cubrir sean de naturaleza
directiva. Los requisitos de participación deberán definirse a través del perfil de los puestos y la
selección se llevará a cabo entre los candidatos que reúnan dichos requisitos. El personal que
acceda a estos puestos podrá ser cesado por causa justificada, previa audiencia del interesado.
El cese será comunicado a la representación del personal. La persona cesada será destinada a
un puesto de trabajo correspondiente a su categoría en la misma localidad.
Aquí dice que la persona cesada será destinada en la misma localidad no se si se referirá a la localidad del domicilio del trabajador
o a la localidad de donde es la plaza del concurso de promoción o a la localidad donde está la categoría desde la que se optó a la
promoción. No se se te he ayudado en algo.