Comedor y monitor escolar

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Comedor y monitor escolar

Notapor coco » 18 Sep 2022 11:39

Una pregunta para quien lo sepa bien, según la normativa de abril de 2017( que creo que es la última)
En los centros de gestión directa del comedor, y en la que los alumnos son atendidos por monitores de comedor.
El monitor escolar tiene OBLIGACIÓN de atender al alumnado?
Y algún directivo tiene que estar también?
coco
 
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Re: Comedor y monitor escolar

Notapor FLO » 19 Sep 2022 10:27

coco escribió:Una pregunta para quien lo sepa bien, según la normativa de abril de 2017( que creo que es la última)
En los centros de gestión directa del comedor, y en la que los alumnos son atendidos por monitores de comedor.
El monitor escolar tiene OBLIGACIÓN de atender al alumnado?
Y algún directivo tiene que estar también?


Orden de 17 abril de 2017, por la que se regula la organización y el funcionamiento de los servicios complementarios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares, así como el uso de las instalaciones de los centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía fuera del horario escolar.


https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2017/78/BOJA17-078-00027-7095-01_00112396.pdf

Artículo 10. Participación del personal de atención al alumnado en el servicio de
comedor escolar.
1. En los centros en los que el servicio de comedor escolar se gestione de conformidad
con lo establecido en los artículos 7.1 y 14.a) del Decreto 6/2017, de 16 de enero, la atención
al alumnado se llevará a cabo por el personal de la empresa adjudicataria del contrato
referido en los citados artículos del Decreto y, en caso necesario, por el personal laboral
del centro que tenga recogida esta función en el convenio colectivo del personal laboral al
servicio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, dentro de la jornada establecida en el
mismo
y, con carácter excepcional, por el personal funcionario docente al que se refiere
el apartado 3 que sea autorizado por la Dirección General competente en materia de
planificación educativa, a propuesta de la persona que ejerce la dirección del centro entre
los que lo soliciten.
2. En los centros en los que el servicio de comedor escolar se gestione de forma
directa de conformidad con lo establecido en los artículos 7.2 y 14.b) del Decreto 6/2017,
de 16 de enero, la atención al alumnado se llevará a cabo por el personal laboral del
centro que tenga recogida esta función en el convenio colectivo del personal laboral al
servicio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, dentro de la jornada establecida en
el mismo; por el personal funcionario docente al que se refiere el apartado 3 y, cuando el
número de personas de atención al alumnado sea inferior al establecido en el artículo 9.1,
por personal de las entidades adjudicatarias de los contratos de servicios gestionados
por la correspondiente Delegación Territorial competente en materia de educación


Según la orden, entiendo que sí. No viene reflejado en ningún sitio que el Equipo directivo tenga que estar presente ni atienda en el comedor. Tiene, por supuesto, una labor organizativa y de gestión pero no la obligación de estar presente en todo momento. Saludos.
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Re: Comedor y monitor escolar

Notapor Monitora_Escolar » 19 Sep 2022 10:40

Según el art. 10.2 de la Orden de 17 abril de 2017, por la que se regula la organización y el funcionamiento de los servicios complementarios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares, así como el uso de las instalaciones de los centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía fuera del horario escolar (BOJA de 26 de abril) estipula que en los centros donde el servicio de comedor se gestione de forma directa, la atención del alumnado se llevará a cabo por el personal laboral del centro que tenga asignada esta función en el convenio colectivo del personal laboral al servicio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el personal funcionario docente que desee participar, y cuando el número de personas de atención al alumnado sea inferior a la ratio establecida legalmente por personal de las entidades adjudicatarias de los contratos de servicios gestionados por la correspondiente Delegación Territorial competente en materia de educación.

Esta es la teoría, claro. De los trece ceip en los que he trabajado, sólo me tuve que quedar en ocho comedores escolares, los de gestión directa. Y aquí sólo entrábamos el personal de cocina y yo (Monitor Escolar), como empleados de la Junta de Andalucía. Además, claro está, los monitores de las empresas privadas. Los maestros no querían, porque, según dicen, no les compensa económicamente. El Director/a tampoco entraba y eso que era competencia de él/ella, pues cobra un buen complemento por gestionar el Plan de Apertura.

Esto es una batalla perdida, como tantas otras. Porque en algunos colegios llevaba yo el Plan de Apertura y lo cobraba 'enterito' el sr. Director. Y, por supuesto, sin entrar en el comedor y sin meter en Séneca ni un dato.

Y en uno que no era de gestión directa, me ofrecieron entrar en el comedor escolar, pues el anterior Monitor Escolar entraba y cobraba en B. Yo me negué porque quien me pagaba era la empresa concesionaria y me ofrecía 6€ por hora (unos 250€ al mes). ¡Una vergüenza! A los maestros que entran en el comedor la Delegación les paga 20€ la hora.

Después de quince años de servicio, una ha vivido todas las situaciones posibles y las que me quedan por 'sufrir' mientras no exista control por parte de Delegación.
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Re: Comedor y monitor escolar

Notapor MARX » 19 Sep 2022 13:01

Qué es el plan de apertura y en qué consiste?
Gracias.
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Re: Comedor y monitor escolar

Notapor coco » 19 Sep 2022 16:16

FLO escribió:
coco escribió:Una pregunta para quien lo sepa bien, según la normativa de abril de 2017( que creo que es la última)
En los centros de gestión directa del comedor, y en la que los alumnos son atendidos por monitores de comedor.
El monitor escolar tiene OBLIGACIÓN de atender al alumnado?
Y algún directivo tiene que estar también?


Orden de 17 abril de 2017, por la que se regula la organización y el funcionamiento de los servicios complementarios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares, así como el uso de las instalaciones de los centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía fuera del horario escolar.


https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2017/78/BOJA17-078-00027-7095-01_00112396.pdf

Artículo 10. Participación del personal de atención al alumnado en el servicio de
comedor escolar.
1. En los centros en los que el servicio de comedor escolar se gestione de conformidad
con lo establecido en los artículos 7.1 y 14.a) del Decreto 6/2017, de 16 de enero, la atención
al alumnado se llevará a cabo por el personal de la empresa adjudicataria del contrato
referido en los citados artículos del Decreto y, en caso necesario, por el personal laboral
del centro que tenga recogida esta función en el convenio colectivo del personal laboral al
servicio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, dentro de la jornada establecida en el
mismo
y, con carácter excepcional, por el personal funcionario docente al que se refiere
el apartado 3 que sea autorizado por la Dirección General competente en materia de
planificación educativa, a propuesta de la persona que ejerce la dirección del centro entre
los que lo soliciten.
2. En los centros en los que el servicio de comedor escolar se gestione de forma
directa de conformidad con lo establecido en los artículos 7.2 y 14.b) del Decreto 6/2017,
de 16 de enero, la atención al alumnado se llevará a cabo por el personal laboral del
centro que tenga recogida esta función en el convenio colectivo del personal laboral al
servicio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, dentro de la jornada establecida en
el mismo; por el personal funcionario docente al que se refiere el apartado 3 y, cuando el
número de personas de atención al alumnado sea inferior al establecido en el artículo 9.1,
por personal de las entidades adjudicatarias de los contratos de servicios gestionados
por la correspondiente Delegación Territorial competente en materia de educación


Según la orden, entiendo que sí. No viene reflejado en ningún sitio que el Equipo directivo tenga que estar presente ni atienda en el comedor. Tiene, por supuesto, una labor organizativa y de gestión pero no la obligación de estar presente en todo momento. Saludos.



En las funciones del monitor escolar, del convenio colectivo , me han dicho que si que aparece.
Voy a buscarlo.
Gracias
coco
 
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Re: Comedor y monitor escolar

Notapor coco » 19 Sep 2022 17:09

VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Junta de Andalucía
- Celar y atender a la población escolar en las dependencias de la Residencia, en sus horarios correspondientes, dentro de la normativa de Régimen Interior de la misma.
- Velar por el cumplimiento de las conductas normales en la relación convivencial y humana dentro del ámbito de la Residencia Escolar.
- Atender el cumplimiento, por parte de los Residentes, de las normas habituales de higiene y salud corporal.
- Atender al cumplimiento, por parte de los Residentes, de las normas habituales de convivencia, respeto y comportamiento social (en salas, comedores, dormitorios, etc.)
- Atender el cumplimiento, por parte de los Residentes, de las normas de Régimen Interior de la Residencia.
- Velar por el desarrollo de actividades de ocio, programadas por los Educadores, para las horas de permanencia del Monitor de Residencia, previas al descanso nocturno de los alumnos.
- Velar por el período de descanso nocturno de los alumnos.
- Asimismo, y por unanimidad, se acuerda que la selección de Monitores de Residencias
Escolares, para su contratación temporal se realice a través de la Bolsa de Trabajo. Código C04.
MONITOR/A ESCOLAR
Son los/as trabajadores/as que destinados en los Centros de Educación General Básica colaboran, de acuerdo con las instrucciones que se les impartan por la Dirección del Centro en las actividades extralectivas y deportivas, no pudiendo en ningún caso realizar tareas docentes, atenderán a los alumnos en el transporte escolar según las rutas programadas al efecto por la dirección General de Promoción Educativa y Renovación Pedagógica, realizarán las tareas de apoyo administrativo existentes en los Centros de E.G.B., atenderán las bibliotecas, realizarán la vigilancia de los alumnos en los comedores escolares, siempre bajo la dirección de los cargos directivos del Centro que al efecto se designen.
MONITOR/A DE EDUCACIÓN ESPECIAL
Es el/la trabajador/a que estando en posesión de la titulación FP2 (Educ
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Re: Comedor y monitor escolar

Notapor FILUCHO » 27 Sep 2022 13:27

¿Qué es la Enseñanza de Educación Básica?
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Re: Comedor y monitor escolar

Notapor FILUCHO » 27 Sep 2022 13:28

¿Qués es la Enseñanza de Educación Básica?
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Re: Comedor y monitor escolar

Notapor Ustea-Cordoba » 27 Sep 2022 16:09

coco escribió:VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Junta de Andalucía
- Celar y atender a la población escolar en las dependencias de la Residencia, en sus horarios correspondientes, dentro de la normativa de Régimen Interior de la misma.
- Velar por el cumplimiento de las conductas normales en la relación convivencial y humana dentro del ámbito de la Residencia Escolar.
- Atender el cumplimiento, por parte de los Residentes, de las normas habituales de higiene y salud corporal.
- Atender al cumplimiento, por parte de los Residentes, de las normas habituales de convivencia, respeto y comportamiento social (en salas, comedores, dormitorios, etc.)
- Atender el cumplimiento, por parte de los Residentes, de las normas de Régimen Interior de la Residencia.
- Velar por el desarrollo de actividades de ocio, programadas por los Educadores, para las horas de permanencia del Monitor de Residencia, previas al descanso nocturno de los alumnos.
- Velar por el período de descanso nocturno de los alumnos.
- Asimismo, y por unanimidad, se acuerda que la selección de Monitores de Residencias
Escolares, para su contratación temporal se realice a través de la Bolsa de Trabajo. Código C04.
MONITOR/A ESCOLAR
Son los/as trabajadores/as que destinados en los Centros de Educación General Básica colaboran, de acuerdo con las instrucciones que se les impartan por la Dirección del Centro en las actividades extralectivas y deportivas, no pudiendo en ningún caso realizar tareas docentes, atenderán a los alumnos en el transporte escolar según las rutas programadas al efecto por la dirección General de Promoción Educativa y Renovación Pedagógica, realizarán las tareas de apoyo administrativo existentes en los Centros de E.G.B., atenderán las bibliotecas, realizarán la vigilancia de los alumnos en los comedores escolares, siempre bajo la dirección de los cargos directivos del Centro que al efecto se designen.
MONITOR/A DE EDUCACIÓN ESPECIAL
Es el/la trabajador/a que estando en posesión de la titulación FP2 (Educ



La definición de funciones del Monitor/a Escolar, más actualizada, la encontramos en la RESOLUCION de 24 de mayo de 2005, de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, por la que se ordena la inscripción, depósito y publicación del Acuerdo de la Comisión Permanente del VI Convenio Colectivo del personal labora de la Administración de la Junta de Andalucía (Cod. 7100082), de fecha 5 de abril de 2005, por el que se introducen diversas modificaciones en el sistema de clasificación profesional del mismo.

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2005/110/15

Monitor/a Escolar.

Es el trabajador/a que está en posesión del título de Técnico Superior en Administración y Finanzas o Técnico Superior en Animación Sociocultural y que destinado en los Centros Docentes colabora, de acuerdo con las instrucciones que se le impartan por la Dirección del Centro en las actividades extralectivas y deportivas, no pudiendo en ningún caso realizar tareas docentes, atenderá a los alumnos en el transporte escolar según las rutas programadas al efecto por la Dirección General competente, realizará las tareas de apoyo administrativo existentes en los Centros Docentes, atenderán las bibliotecas, realizará la vigilancia de los alumnos en los comedores escolares, siempre bajo la dirección de los cargos directivos del Centro que al efecto se designen.

Saludos.
Ustea-Cordoba
 
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Re: Comedor y monitor escolar

Notapor coco » 28 Sep 2022 17:03

Entonces solo vigilan el comedor, no sirven ni retiran platos.
Y además con algún cargo directivo.
Si no hay ningún cargo directivo, te puedes negar?
Quien controla la asistencia de un directivo?


Muchas gracias por la información
coco
 
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