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Jubilacion 50% con contrato de relevo

NotaPublicado: 25 Ago 2022 11:06
por maroto
Hola, el proximo 01/09/2022 inicio jubilacion parcial al 50%, ya tengo relevista, he firmado nuevo contrato y llegando a un acuerdo con la Delegacion para trabajar 2 meses si y 2 meses descansar, no opiendose a lo planteado, y asi hasta que llegue el dia de mi jubilacion... ahora mi duda es la siguiente:
debo de llegar forzosamente aun acuerdo con mi relevista a la hora de decidir que meses trabajo y descanso (siendo en este caso el relevista el que acude al centro), o soy yo el que decide sin consensuarlo con el relevista, pongo un ejemplo: en el supuesto que en los años que yo estoy con la jubilacion parcial si decido descansar todos los eneros por ejermplo, el se puede oponer y que exija que sea rotatorio.

Gracias

Re: Jubilacion 50% con contrato de relevo

NotaPublicado: 25 Ago 2022 19:59
por DRAZEN
Hola La persona que se jubila no tiene que negociar nada en absoluto con el relevista. Debes de llegar a un acuerdo con tu centro de trabajo y el relevista acatar lo decidido, viene a sustituirte y no puede poner ninguna condición, repito eres tú y tu centro. El relevista viene a sustituirte cuando tu no estés.

Re: Jubilacion 50% con contrato de relevo

NotaPublicado: 26 Ago 2022 09:54
por Pancho
En mi centro de trabajo tanto jubilado como relevista escogen los días que trabajan, hay veces que coinciden trabajando a la vez y otros días que no trabaja ninguno.

Re: Jubilacion 50% con contrato de relevo

NotaPublicado: 26 Ago 2022 12:06
por DRAZEN
Si el centro y sus características permiten que puedan coincidir o que estén ausentes los dos, pues genial cada uno escoje lo que más le interese. Pero hay puestos de trabajo que tienen turnos, festivos e incluso noches y no se puede dar esta circunstancia. En relación a la consulta del compañero debe saber que solo tiene que acordar los días de trabajo con el centro, nunca con el relevista, otra cosa es que amablemente hable con el relevista y traten lo mejor para ambos.

Re: Jubilacion 50% con contrato de relevo

NotaPublicado: 31 Ago 2022 19:49
por cazorla
Yo también me jubilo 50%, mi duda es la siguiente, tengo derecho a todos mis días de asuntos particulares

Re: Jubilacion 50% con contrato de relevo

NotaPublicado: 02 Sep 2022 12:11
por FRANJADI
cazorla escribió:Yo también me jubilo 50%, mi duda es la siguiente, tengo derecho a todos mis días de asuntos particulares

Te corresponden la mitad, al igual que las vacaciones. Lo sé por compañeros en tu situación.

Re: Jubilacion 50% con contrato de relevo

NotaPublicado: 02 Sep 2022 12:18
por FRANJADI
Según el centro de trabajo. En mi centro, a veces coinciden el que ha jubilado parcialmente, con el relevo, por necesidades del servicio, luego ajustandole los días. Al final cada uno trabaja al año los días que le corresponden . En otros centros es mas a rajatabla por el tipo de trabajo, turnos ,personal , etc

Re: Jubilacion 50% con contrato de relevo

NotaPublicado: 04 Sep 2022 06:32
por Alberto M.
Si no cambian las leyes a partir de junio de 2024 tendría derecho a acogerme a esa modalidad de jubilación parcial 50% con contrato de relevo. Renuncio a premios de jubilación con tal de recuperar parcialmente la libre disposición de mi tiempo y de mi vida. El trabajo de ordenanza en los IES se ha convertido en un castigo difícil de sobrellevar a determinada edad. Total, si al final de la cuantía resultante del referido premio la Hacienda Publica se queda con la mitad. Para quienes ya la estáis disfrutando unas preguntillas ¿Con cuanto tiempo de antelación hay que solicitarla en el INSS? La empresa supongo que interviene para darle el visto bueno ¿Hay que hacer también la petición a la empresa? Gracias de antemano a quienes me lo puedan aclarar.

Re: Jubilacion 50% con contrato de relevo

NotaPublicado: 06 Sep 2022 08:54
por Mergo
FRANJADI escribió:
cazorla escribió:Yo también me jubilo 50%, mi duda es la siguiente, tengo derecho a todos mis días de asuntos particulares

Te corresponden la mitad, al igual que las vacaciones. Lo sé por compañeros en tu situación.

Pero si tanto el relevista como el titular, eligen la opción de trabajar media jornada durante todo el año, ( y no jornada completa 6 meses) el reparto de vacaciones y A.P.; al cumplir el año completo de servicio, debe de ser la totalidad de los días, ¿no?
según Convenio[i] "VACACIONES ANUALES RETRIBUIDAS: 22 días hábiles por año completo de servicio o, en su caso, los días que correspondan proporcionalmente al tiempo de servicios efectivos prestados."

Re: Jubilacion 50% con contrato de relevo

NotaPublicado: 06 Sep 2022 09:37
por FRANJADI
Mergo escribió:
FRANJADI escribió:
cazorla escribió:Yo también me jubilo 50%, mi duda es la siguiente, tengo derecho a todos mis días de asuntos particulares

Te corresponden la mitad, al igual que las vacaciones. Lo sé por compañeros en tu situación.

Pero si tanto el relevista como el titular, eligen la opción de trabajar media jornada durante todo el año, ( y no jornada completa 6 meses) el reparto de vacaciones y A.P.; al cumplir el año completo de servicio, debe de ser la totalidad de los días, ¿no?
según Convenio[i] "VACACIONES ANUALES RETRIBUIDAS: 22 días hábiles por año completo de servicio o, en su caso, los días que correspondan proporcionalmente al tiempo de servicios efectivos prestados."

Yo creo que seguirían siendo la mitad de días anuales, independientemente de los turnos. Conozco compañeros que trabajan un mes si otro no o dos si y dos no, incluso algunos van unos días a la semana y a quienes hacen media jornada todos los días y tienen la mitad de las vacaciones y aapp.