Página 1 de 1

Cuerpo directivo instituto

NotaPublicado: 24 Ago 2022 20:25
por arehaye
Hola familia, bueno mi duda es que si al personal laboral (ordenanza, limpiadora, etc...) de un instituto nos obligan a ir en dia no lectivo o lo que sea, al instituto a trabajar, tiene que aver algun cargo directivo presente tambien? si no es asi, donde o en que normativa lo pone? gracias.

Re: Cuerpo directivo instituto

NotaPublicado: 02 Sep 2022 10:34
por FLO
arehaye escribió:Hola familia, bueno mi duda es que si al personal laboral (ordenanza, limpiadora, etc...) de un instituto nos obligan a ir en dia no lectivo o lo que sea, al instituto a trabajar, tiene que aver algun cargo directivo presente tambien? si no es asi, donde o en que normativa lo pone? gracias.


No hay normativa, que yo conozca, que impida ir a trabajar si no está el jefe. En muchísimos centros se trabaja sin que esté el jefe presente. Saludos.

Re: Cuerpo directivo instituto

NotaPublicado: 06 Sep 2022 13:39
por ¿Quien lo sabe?
La "DIRECTIVA 2003/88/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
de 4 de noviembre de 2003", relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo, en su artículo Artículo 2 sobre Definiciones, establece "A efectos de la presente Directiva, se entenderá por:

1) tiempo de trabajo: todo período durante el cual el trabajador
permanezca en el trabajo, a disposición del empresario y en
ejercicio de su actividad o de sus funciones, de conformidad
con las legislaciones y/o prácticas nacionales;

2) período de descanso: todo período que no sea tiempo de
trabajo
;...

Dicho lo anterior, pasamos a la función de los ordenanzas de "custodiar las llaves del centro", la cual, como el resto de funciones, se realiza dentro del horario laboral. En consecuencia, una vez finalizada la jornada laboral, NO EXISTE OBLIGACIÓN de seguir custodiando las llaves del centro fuera de la jornada laboral. A partir de ahí, si a la directiva del centro le hace tanta ilusión que el personal no docente trabaje los días no lectivos, a los ordenanzas también les puede hacer mucha ilusión no custodiar las llaves del centro fuera de su horario de trabajo, o lo que es lo mismo, que cuando vaya a comenzar la jornada laboral, un ilusionado directivo esté allí para abrir el centro a fin de que el personal pueda "fichar" su entrada, momento en que comenzará la jornada laboral. Otro tanto con respecto a la finalización de la jornada laboral, donde ya el directivo, un tanto desilusionado, tendrá que estar allí para cerrar el centro una vez que el personal haya "fichado" la salida, y por tanto finalizado la jornada laboral.

La legalidad es una espada de dos filos.

Re: Cuerpo directivo instituto

NotaPublicado: 07 Sep 2022 08:48
por JCVC
A la pregunta de acudir a trabajar en "día no lectivo" (que solo es aplicable al personal docente) en un Instituto, el personal del PAS tiene oblibación de acudir a su puesto de trabajo si hay actividad en dicho Instituto y el personal no ha solicitado por ejemplo asuntos particulares u otro tipo de permiso, pués de no ser así, como dice la normativa, las vacaciones son normalmente en Agosto obligatoriamente POR CESE DE ACTIVIDAD.
Cuidado con faltar a tu puesto de trabajo sin autorización.
Precisamente es durante las jornadas lectivas cuando el equipo directivo y el personal docente DE GUARDIA debe estar en su puesto de trabajo y tienen la responsabilidad del alumnado, y el personal ordenanza "de la atención al personal ajeno al centro" únicamente y ninguna obligación respecto al alumnado que como digo, es responsabilidad del personal docente.

Re: Cuerpo directivo instituto

NotaPublicado: 09 Sep 2022 20:33
por arehaye
Gracias a todos por las respuestas, bueno en tal caso lo tengo muy clarito voy a trabajar pero el instituto bien cerradito y la alarma echada, ya que estare yo solo y me acostare denuevo de ocho a tres, (tengo un ciclo grado medio de dependencia donde hay hasta camas)es lo que hay.