Buenos días.
Con respecto a las modificaciones introducidas en el modelo de convocatoria de PROMOCIÓN del personal laboral, independientemente de que no me parezca adecuado la participación a "ciegas" por varios motivos, es decir, sin saber antes de concursar el lugar en el que se encuentran las plazas ofertadas. ¿Podríamos entender según lo recogido en el informe "El proceso debe ser convocado con carácter inaplazable durante el desarrollo de los procesos citados (estabilización + ordinaria y traslados) qué se pretende convocar el concurso de Promoción próximamente?. Gracias.
Un saludo