Vacaciones

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Vacaciones

Notapor Piruli » 17 Nov 2021 17:06

Hola, actualmente me encuentro de baja desde junio de 2021, este año no he podido disfrutar de mis vacaciones, si me incorporo a principios de diciembre ¿De cuanto tiempo dispongo para disfruta mis vacaciones? ¿Puedo pedir la mitad ahora y despues en febrero los dias restantes? Gracias.
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Re: Vacaciones

Notapor VINICIUS » 17 Nov 2021 17:33

Las vacaciones son 22 dias por año trabajado.
Las tendrás que disfrutar al terminar la baja, ya que la persona que te está sustituyendo continuará.
+ de 22 dias depende de la antigüedad en la administración.
Si es que las
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Re: Vacaciones

Notapor FLO » 18 Nov 2021 14:34

Piruli escribió:Hola, actualmente me encuentro de baja desde junio de 2021, este año no he podido disfrutar de mis vacaciones, si me incorporo a principios de diciembre ¿De cuanto tiempo dispongo para disfruta mis vacaciones? ¿Puedo pedir la mitad ahora y despues en febrero los dias restantes? Gracias.


Las vacaciones deben disfrutarse dentro del año, con un periodo de gracia hasta el 15 de enero. Por tanto deberías tomarlas al incorporarte, así incluso podrían hacer una novación de contrato de tu sustituto/a para cubrir tu periodo vacacional. Si tienes asuntos particulares tómalos también al principio y puedes unirlos a vacaciones. Entiendo que no es posible posponer una parte a febrero. Aparte de pacto interno fuera de normativa, que interesen a las dos partes y que a veces se hacen... Saludos.
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Re: Vacaciones

Notapor elTETE » 23 Feb 2022 20:27

FLO, con respecto a este hilo, una pregunta. En una situación donde se ha iniciado vacaciones, asuntos propios unidos, también los complementos festivos. Todo este firmado. Yo me he tenido una ILT por operación programada hasta el 11 de enero 2022. Inmediatamente a este fecha he iniciado el periodo que tenia firmado, de permiso por vacaciones +asuntos propios + complementos festivos en este orden por indicación. Pero me han quitado los festivos me dicen que no puedo disfrutarlos por que ya ha pasado el 15 de enero. Yo los tengo firmados por Dirección, desde abril 2021, que es el periodo dónde se planifican en mi centro las vacaciones. ¿Se pueden quitar los asuntos propios si no se han podido disfrutar por una ILT? Yo no he tenido la oportunidad de disfrute de los asuntos propios. Y encima los tenia que programar en mis vacaciones. ¿Qué trato se le da, a los asuntos propios cuando van unidos a las vacaciones? Veo una injusticia que los pierda, cuando los tenia firmados. Espero, respuesta tuya con argumento por si me meto en pleito. Un saludo a tod@s.
elTETE
 
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Re: Vacaciones

Notapor FLO » 25 Feb 2022 13:12

elTETE escribió:FLO, con respecto a este hilo, una pregunta. En una situación donde se ha iniciado vacaciones, asuntos propios unidos, también los complementos festivos. Todo este firmado. Yo me he tenido una ILT por operación programada hasta el 11 de enero 2022. Inmediatamente a este fecha he iniciado el periodo que tenia firmado, de permiso por vacaciones +asuntos propios + complementos festivos en este orden por indicación. Pero me han quitado los festivos me dicen que no puedo disfrutarlos por que ya ha pasado el 15 de enero. Yo los tengo firmados por Dirección, desde abril 2021, que es el periodo dónde se planifican en mi centro las vacaciones. ¿Se pueden quitar los asuntos propios si no se han podido disfrutar por una ILT? Yo no he tenido la oportunidad de disfrute de los asuntos propios. Y encima los tenia que programar en mis vacaciones. ¿Qué trato se le da, a los asuntos propios cuando van unidos a las vacaciones? Veo una injusticia que los pierda, cuando los tenia firmados. Espero, respuesta tuya con argumento por si me meto en pleito. Un saludo a tod@s.


Hola. Yo entiendo que los asuntos propios, por norma, no entran en la prolongación de las vacaciones... y por tanto se pueden perder... otra cuestión es el exceso de celo en la aplicación de la norma ya que entiendo no te permiten coger los aa.pp. durante el año. Cuantas veces vemos que se "guardan" para el año siguiente algunos días por "necesidad del servicio" y no pasa nada. Los festivos unidos a vacaciones no te los pueden quitar, si son los que has trabajado. Es la compensación por un trabajo realizado. Saludos.
FLO
 
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Re: Vacaciones

Notapor unidad_eventual » 25 Feb 2022 16:00

Para tener en cuenta:

INSTRUCCIÓN 3/2019, DE LA DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y FUNCIÓN PÚBLICA, EN
MATERIA DE JORNADA LABORAL, VACACIONES Y PERMISOS EN EL AMBITO DE LA ADMINISTRACION
GENERAL DE LA JUNTA DE ANDALUCIA, DE SUS INSTITUCIONES, AGENCIAS ADMINISTRATIVAS Y
AGENCIAS DE REGIMEN ESPECIAL.

Punto 7.3. Cuando las situaciones de incapacidad temporal por contingencias profesionales o comunes, la incapacidad
temporal derivada del embarazo, parto o lactancia natural, el permiso de maternidad, adopción, guardas con
fines de adopción o acogimiento, o su ampliación por lactancia o cuidado de hijo o hija menor de dieciséis
meses, así como el permiso de paternidad, impidan iniciar el disfrute de las vacaciones dentro del año natural
al que correspondan, o una vez iniciado el periodo vacacional sobreviniera una de las citadas situaciones,
dicho periodo se podrá disfrutar aunque haya terminado el año natural al que correspondan y, respecto a los
supuestos de incapacidad temporal, siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del
final del año en que dicha situación de incapacidad se haya originado.

http://asp-laborales.ustea.org/node/3535
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