Acceso a fijos Grupo III. OEP 2018 - 2019 y 2017 - 2019.

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Re: Acceso a fijos Grupo III. OEP 2018 - 2019 y 2017 - 2019.

Notapor Monitora_Escolar » 10 Nov 2021 17:42

¡Hola a todos!

Resulta decepcionante comprobar cómo las personas que estamos en la bolsa de 2007 (la mayoría con tres, cuatro o cinco trienios) hemos sido superadas por una gran cantidad de personas en el concurso. No logro a comprender cómo ha sucedido esto. Si la única forma de conseguir puntos es la experiencia laboral, la antigüedad, la formación y la titulación al tratarse de un proceso selectivo de CONCURSO, teniendo en cuenta que todas hemos estado trabajando y todas hemos hecho cursos de formación e, incluso, estudiado carreras universitarias, de dónde han salido estas personas y cómo es posible que nos hayan superado en los listados de puntuación.

La única opción, claro está, es que se trate de las denominadas SOS. Sigo sin entender cómo sindicatos y partidos políticos han permitido esta vulneración de los principios de igualdad, mérito,... Forman parte de personal laboral sin haber pagado una tasa y sin haber concursado en la vida. Puedo entender que una sentencia les admita su derecho a formar parte del personal laboral indefinido no fijo (por respeto a la justicia española cada vez menos justa y equitativa), pero no que se les reconozca sus contratos de "auxiliares" en una empresa privada como experiencia laboral de 'Monitor Escolar' y con la correspondiente antigüedad. Esto no se gestionó bien en su momento por claros intereses sindicales y políticos y somos muchas las personas que estamos pagando y vamos a seguir sufriendo esta injusticia laboral.

También sabemos de personas que fueron llamadas por el SAE para darles vacantes (incumpliéndose los llamamientos de la bolsa) y, además, qué curioso que las plazas que ocupan estas personas nunca han salido en acceso, ni promoción ni traslado.

Y tampoco logro a entender cómo la convocatoria de plazas de la categoría de 'Monitor Escolar' no está (ni ha estado nunca) en consonancia con el número de personas que forman parte del personal laboral temporal de monitores escolares. Sin embargo, en otras categorías sí salen un montón de plazas. La prueba está en que habitualmente en nuestra categoría se necesita más de 90 puntos para conseguir la fijeza cuando en otras con apenas 60 ya tienes tu plaza fija.

Me consta que muchos compañeros comparten con decepción e impotencia estos planteamientos.
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Re: Acceso a fijos Grupo III. OEP 2018 - 2019 y 2017 - 2019.

Notapor Pancho » 10 Nov 2021 17:52

Pues te puedo asegurar que no me coincide con el autobaremo que realicé. Lo gracioso es que en la oferta ordinaria si me coincide mas o menos con mi autobaremación y en la oferta de estabilización no me coincide para nada con mi autobaremación...jejeje que disparate.
Pancho
 
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Re: Acceso a fijos Grupo III. OEP 2018 - 2019 y 2017 - 2019.

Notapor jm grimaldi » 10 Nov 2021 19:10

Pancho escribió:Pues te puedo asegurar que no me coincide con el autobaremo que realicé. Lo gracioso es que en la oferta ordinaria si me coincide mas o menos con mi autobaremación y en la oferta de estabilización no me coincide para nada con mi autobaremación...jejeje que disparate.


En mi caso es la oferta de estabilización, no coincide para nada.
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Re: Acceso a fijos Grupo III. OEP 2018 - 2019 y 2017 - 2019.

Notapor jm grimaldi » 10 Nov 2021 19:13

FLO escribió:
unidad_eventual escribió:YA empezamos.
Las listas de la convocatoria de estabilización están mál
Deben aparecer las puntuaciones AUTOBAREMADAS , no eso que han hecho.

¿Quién ha hecho esas listas?


VAYA DESASTRE!




No deberían poner en la resolución los autobaremos, porque además hay dos diferentes. Pero lo importante en este listado es si estás admitido al proceso o no. Y eso es lo que hay que alegar. Las puntuaciones vendrán después y entonces habrá que alegar o no las distintas puntuaciones en los dos procedimientos de ordinario y de estabilización. Saludos!!!




Novena. Admisión de personas aspirantes.
1. Una vez finalizada la fase de comprobación de los requisitos de las personas participantes, se dictarán resoluciones por la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, que se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en las que se declarará aprobada la lista provisional de personas participantes admitidas y excluidas, con expresión de las causas de exclusión, y la indicación de los lugares donde se encuentren expuestos los mencionados listados, que no podrán ser otros que los Tablones de Anuncios de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior y de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía, así como en la página web del Emplead@ (https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/).
Estas resoluciones podrán incluir todas las categorías de un Grupo Profesional o bien varias de ellas.
2. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de las resoluciones citadas en el apartado anterior, para poder subsanar de forma exclusivamente telemática, en su caso, los defectos causantes de la exclusión o de la omisión de las listas de personas admitidas. Transcurrido el plazo antedicho, la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública dictará las correspondientes resoluciones por las que se harán públicos los listados definitivos de personas aspirantes admitidas y excluidas. Esas resoluciones se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, exponiéndose dichos listados en los mismos lugares a que hace referencia el apartado 1, de esta base.
Contra dichas resoluciones, que podrán incluir todas las categorías de un Grupo Profesional o bien varias de ellas, y que agotan la vía administrativa, cabe interponer, recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública en el plazo de un mes contados desde el día siguiente al de la publicación, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.


Gracias FLO queda claro que no es el momento, pq lo único que conseguiremos es atrasar más el proceso, lo que si está claro viendo lo que están puntuando que este proceso se va a alargar otro año más, visto la cantidad de fallos que se van a producir en los baremos y la cantidad de alegaciones que tendremos que realizar.
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Re: Acceso a fijos Grupo III. OEP 2018 - 2019 y 2017 - 2019.

Notapor Ninfas » 10 Nov 2021 19:51

Buenas tardes, La comisión de selección porque siempre están formadas por los mismos??
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Re: Acceso a fijos Grupo III. OEP 2018 - 2019 y 2017 - 2019.

Notapor unidad_eventual » 10 Nov 2021 20:32

Hablo de la convocatoria de ESTABILIZACIÓN.
No salen los autobaremos. Esos son erróneos.
¿No te extraña acaso que el máximo que salga en esa lista sea de 84 puntos cuando por las
bases el máximo es 99?

Míralo bien.
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Re: Acceso a fijos Grupo III. OEP 2018 - 2019 y 2017 - 2019.

Notapor jantonio » 10 Nov 2021 21:12

Monitora_Escolar escribió:¡Hola a todos!

Resulta decepcionante comprobar cómo las personas que estamos en la bolsa de 2007 (la mayoría con tres, cuatro o cinco trienios) hemos sido superadas por una gran cantidad de personas en el concurso. No logro a comprender cómo ha sucedido esto. Si la única forma de conseguir puntos es la experiencia laboral, la antigüedad, la formación y la titulación al tratarse de un proceso selectivo de CONCURSO, teniendo en cuenta que todas hemos estado trabajando y todas hemos hecho cursos de formación e, incluso, estudiado carreras universitarias, de dónde han salido estas personas y cómo es posible que nos hayan superado en los listados de puntuación.

La única opción, claro está, es que se trate de las denominadas SOS. Sigo sin entender cómo sindicatos y partidos políticos han permitido esta vulneración de los principios de igualdad, mérito,... Forman parte de personal laboral sin haber pagado una tasa y sin haber concursado en la vida. Puedo entender que una sentencia les admita su derecho a formar parte del personal laboral indefinido no fijo (por respeto a la justicia española cada vez menos justa y equitativa), pero no que se les reconozca sus contratos de "auxiliares" en una empresa privada como experiencia laboral de 'Monitor Escolar' y con la correspondiente antigüedad. Esto no se gestionó bien en su momento por claros intereses sindicales y políticos y somos muchas las personas que estamos pagando y vamos a seguir sufriendo esta injusticia laboral.

También sabemos de personas que fueron llamadas por el SAE para darles vacantes (incumpliéndose los llamamientos de la bolsa) y, además, qué curioso que las plazas que ocupan estas personas nunca han salido en acceso, ni promoción ni traslado.

Y tampoco logro a entender cómo la convocatoria de plazas de la categoría de 'Monitor Escolar' no está (ni ha estado nunca) en consonancia con el número de personas que forman parte del personal laboral temporal de monitores escolares. Sin embargo, en otras categorías sí salen un montón de plazas. La prueba está en que habitualmente en nuestra categoría se necesita más de 90 puntos para conseguir la fijeza cuando en otras con apenas 60 ya tienes tu plaza fija.

Me consta que muchos compañeros comparten con decepción e impotencia estos planteamientos.
.

NO TE DECEPCIONES QUE ESO ES AUTOBAREMACION , LUEGO VENDRAN LAS REBAJAS
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Re: Acceso a fijos Grupo III. OEP 2018 - 2019 y 2017 - 2019.

Notapor FLO » 11 Nov 2021 11:17

Y si a alguien le queda la duda, ahí está la base décima que indica en qué momento del proceso se inicia la VERIFICACION DEL AUTOBAREMO... Después de los listados de admitidos y excluidos definitivos...Así que como dice mi amigo MIguel Angel @tunomandas: MÁS TRANQUILOOOOOO :lol: :lol: :lol:

Décima. Desarrollo del proceso: fases de selección y adjudicación.
1. Publicadas las indicadas resoluciones, las Comisiones de Selección procederán a la verificación de la autobaremación y valoración de méritos alegados, de aquellas personas participantes que hayan optado por la adjudicación de plazas vinculadas a las Ofertas de Empleo Público extraordinarias para la estabilización del personal laboral temporal (Anexo II apartado 2). En dicho proceso de verificación, las Comisiones de Selección podrán minorar la puntuación consignada por las personas aspirantes en el caso de méritos no valorables conforme al baremo de méritos o en el caso de apreciar errores aritméticos.
2. Finalizada la calificación de los aspirantes, las Comisiones de Selección harán pública, los listados provisionales de personas aspirantes seleccionadas en cada categoría profesional convocada, con indicación de la puntuación obtenida, desglosada conforme a los apartados del baremo de méritos, en los tablones de anuncios de la
Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior y de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía, así como en la página web del Empleado Público. La publicación de estos listados podrá ser de todas las categorías profesionales convocadas correspondientes a un Grupo Profesional, o bien de alguna/as de ellas.
Contra estas listas podrán presentarse alegaciones, que no tendrán carácter de recurso, ante las Comisiones de Selección, en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la misma. Dichas alegaciones serán decididas en la relación definitiva. La tramitación de las alegaciones y la vista de expedientes se realizarán telemáticamente por todas las personas participantes interesadas, en la forma en que se
determine en la publicación de la lista provisional de personas seleccionadas.
3. Transcurrido el plazo referido en el apartado anterior y resueltas las alegaciones presentadas, la Comisión de Selección aprobará los listados definitivos de personas aspirantes seleccionadas en relación a las plazas vinculadas a las Ofertas de Empleo Público extraordinarias para la estabilización del personal laboral temporal (Anexo II
apartado 2). Estos lista dos podrán comprender todas las categorías profesionales de un Grupo Profesional, o ser relaciones parciales que afecten a una o a más categorías, y se harán públicos en la web del Emplead@.
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Re: Acceso a fijos Grupo III. OEP 2018 - 2019 y 2017 - 2019.

Notapor FLO » 11 Nov 2021 13:07

INFORMA RECLAMACIONES ACCESO GRUPO III.JPG
No tiene los permisos requeridos para ver los archivos adjuntos a este mensaje.
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Re: Acceso a fijos Grupo III. OEP 2018 - 2019 y 2017 - 2019.

Notapor unidad_eventual » 12 Nov 2021 00:58

Actualizaron las listas.
Ahora si están bien autobaremadas.
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