ferafa escribió:Buenos días tras realizar algunas consultas me informan que en las delegaciones tenemos un horario de obligado cumplimiento desde las 8:00 y las 14:30 esto quiere decir que el tiempo de obligada parecencia es de 6:30 horas y no 5:30 como pone en el boja al que haces referencia, quizás sea por que ese boja es de la consejería de justicia e interior.
a los compañeros que pregunte me hacen referencia a la instrucción 4/2012 de la secretaria general para las administraciones publicas.
por lo cual si alguien puede sacarme de esta duda lo agradecería.
gracias de antemano
Tu apreciación es correcta. La regulación viene en la instrucción 4/2012. Como el horario de obligado cumplimiento es de seis horas y media, ya no cabe flexibilidad horaria alguna. Es un defecto-error de la propia instrucción. Esperamos corregirlo en la nueva que se aprobará en comisión de convenio. Saludos. Y procedo a editar el mensaje de Ándevalo.
Gracias y saludos.