Días propios

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Días propios

Notapor Esti.31 » 16 Sep 2018 12:18

Hola! Soy educadora desde hace un año con vacante. ¿Cuántos días de asuntos propios me corresponden? ¿Con cuánto tiempo de antelación se piden?
Gracias.
Esti.31
 
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Re: Días propios

Notapor F.J. » 16 Sep 2018 18:28

Hola. Espero que la respuesta te ayude.

*En todo lo relativo a permisos y reducciones de jornada se
entenderá equiparada la pareja estable al matrimonio y el
conviviente al cónyuge, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 21 de la Ley 5/2002, de 16 de diciembre, de Parejas
de hecho.
PERMISOS GENERALES
• Días de Asuntos particulares:
6 días, acumulables a las vacaciones
F.J.
 
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Re: Días propios

Notapor Esti.31 » 16 Sep 2018 18:30

Hola! Gracias por tu respuesta. Pero que tiene que ver lo de las parejas? Yo no he preguntado nada de eso.
Esti.31
 
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Re: Días propios

Notapor F.J. » 16 Sep 2018 18:44

Hola.
Pongo algo general para que sirva a otros compañeros. por si acaso también sirve a otros. es que además hay otros tipos de permisos a los cuales tu tienes derecho. Y a los que les interesa la coletilla que he añadido.

Además te añado que: Para este año 2018 hay 2 días de permiso adicionales.
Ya que según el Acuerdo de Mesa General publicado en BOJA 142, de 22 de julio de 2013, en su base septima:
“...cuando en un año natural alguna o algunas de las festividades laborales de ámbito nacional no sustituible por las Comunidades Autónomas, propia de la Comunidad Autónoma de Andalucía o de carácter local, retribuida y no recuperable, coincida en sábado, se añadirán, como máximo, dos días de permiso en ese año, que podrán acumularse a las vacaciones anuales y a los días por asuntos particulares.”
En 2018 está el sábado el 6 de enero (Día de Reyes) y el 8 de diciembre (Día de la Inmaculada) como festivos que caen en sábado. Ambo son fiestas laborales en Andalucía, con carácter retribuido y no recuperable según Decreto 63/2017, BOJA de 9/5/2017 y por tanto, estos dos días dan derecho al correspondiente permiso por coincidir en sábados y ser festivos.
Además el día 8 de diciembre es "un festivo no recuperable",
Tu has comentado que eres Educadora, pero no se si trabajas en jornada de turnos. Si es así ya debes tener estos días incluidos en tu calendario anual.
Si eres trabajadora a turnos y si tienes que trabajar el 24 y/o 31 de diciembre, se tiene derecho a una compensación de dos días de descanso por cada uno de ellos, según el apartado 6 de la Instrucción 4/2012 sobre jornada, vacaciones y permisos.
Si tienes dudas o requieres de mayor aclaración, te recomiendo que contactes con la Sección Sindical de Ustea en tu trabajo.
Saludos.
Última edición por F.J. el 16 Sep 2018 19:06, editado 2 veces en total
F.J.
 
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Re: Días propios

Notapor Esti.31 » 16 Sep 2018 18:46

Hola! Trabajo en un IES, entonces que serían 8 días en 2018? Y los del cuerso pasado se pierden? Sabes si me hace falta alguno con cuanto tiempo de antelación se pide? Gracias.
Esti.31
 
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Re: Días propios

Notapor F.J. » 16 Sep 2018 18:57

El plazo para resolver por parte de la dirección del centro es de 15 días y el silencio se considera estimatorio.
El disfrute de esos días es con caracter anual, finalizado el año natural el derecho se extingue. Se puede extender ese derecho a algunos días mas del inicio del siguiente año. He visto casos muy puntuales en los que se ha podido disfrutar al año siguiente, pero....
F.J.
 
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Re: Días propios

Notapor Esti.31 » 16 Sep 2018 19:17

Entonces tendría varios aun del curso pasado porque estamos en septiembre aún. A ver si me contesta alguien del sindicato. Gracias.
Esti.31
 
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Re: Días propios

Notapor F.J. » 17 Sep 2018 00:42

No es por curso. Es por año natural, de enero a diciembre de cada año. 2018 unicamente.
Es práctica poder solicitarlos tambien hasta el 15 de enero del siguiente año natural, para disfrutarlo.
F.J.
 
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Re: Días propios

Notapor JCVC » 17 Sep 2018 11:50

Esti.31 escribió:Entonces tendría varios aun del curso pasado porque estamos en septiembre aún. A ver si me contesta alguien del sindicato. Gracias.


Hola, como ya te han indicado, los asuntos particulares corresponden a cada año natural NO A cada CURSO.
Por lo tanto, tienes derecho desde Enero de cada año, y como dices estámos a Septiembre del 2018 y te pertenecen y puedes solicitarlos (mejor por escrito y con registro de la Secretaría) a la dirección ó al Secretario/a de tu centro de trabajo y si te los deniégan ÁNTES de 15 dias, debe ser también por escrito y con el motivo de dicha denegación.
Y te pertenecen TODOS ( 8 ) los del año, pués puedes solicitarlos a lo largo de todo el año 2018.
JCVC
 
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Re: Días propios

Notapor Esti.31 » 17 Sep 2018 13:26

Muchísimas gracias! Los puedo pedir para el año q viene aunque los solicite ahora no? Gracias.
Esti.31
 
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