Compatibilidad con la empresa privada

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Compatibilidad con la empresa privada

Notapor Esti.31 » 17 Jul 2018 16:51

Hola! Buenas tardes! Tengo que incorporarme una semana en mi empresa privada para volver a pedir excedencia. El dia 1 de septiembre estoy activa en la Junta con una vacante de personal laboral y también en ese periodo tengo el permiso de matrimonio. ¿Habría algún problema con la Junta al incorporarme una semana en la privada? Mi trabajo anterior es de 5 horas diarias.

Me han dicho que se puede solicitar compatibilidad. ¿Qué documentos hay que aportar a parte de la solicitud? ¿Puedo incorporarme aunque no esté aceptada esa compatibilidad? ¿ Podría haber alguna consecuencia con la Junta como un despido?

Es que al ser vacante no quiero perder mi trabajo en la privada y me tendría que incorporar una semana sí o sí en septiembre.

Espero una respuesta, pues intento hablar con alguien del sindicato y nadie responde. Gracias!
Esti.31
 
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Re: Compatibilidad con la empresa privada

Notapor Pepag. » 18 Jul 2018 21:10

Esti.31 escribió:Hola! Buenas tardes! Tengo que incorporarme una semana en mi empresa privada para volver a pedir excedencia. El dia 1 de septiembre estoy activa en la Junta con una vacante de personal laboral y también en ese periodo tengo el permiso de matrimonio. ¿Habría algún problema con la Junta al incorporarme una semana en la privada? Mi trabajo anterior es de 5 horas diarias.

Me han dicho que se puede solicitar compatibilidad. ¿Qué documentos hay que aportar a parte de la solicitud? ¿Puedo incorporarme aunque no esté aceptada esa compatibilidad? ¿ Podría haber alguna consecuencia con la Junta como un despido?

Es que al ser vacante no quiero perder mi trabajo en la privada y me tendría que incorporar una semana sí o sí en septiembre.

Espero una respuesta, pues intento hablar con alguien del sindicato y nadie responde. Gracias!


Buenas tardes, te copio enlace de compatibilidad general
https://ws045.juntadeandalucia.es/emple ... c=24766&v=
Me pierdo un poco en la explicaciones que expones, no entiendo si ya estas ocupando la vacante en la Junta de Andalucía en estos momentos, o si te incorporas en esa vacante en septiembre.
Cómo norma general el personal que debe solicitar compatibilidad es aquel que:

En el ámbito de aplicación del Decreto 524/2008, de 16 de diciembre por el que se regulan las competencias y el procedimiento en materia de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía y del Sector Público Andaluz, (Consejerías, Consorcios, Fundaciones, etc.), cualquiera que sea la naturaleza jurídica de la relación de empleo, (funcionarios, interinos, laborales y eventuales), pretenda simultanear su actividad pública principal con una segunda actividad tanto pública como privada.
Pepag.
 
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Re: Compatibilidad con la empresa privada

Notapor Esti.31 » 18 Jul 2018 21:16

Hola! Ahora mismo estoy con una vacante en la Junta, me tendría que incorporar con mi empresa privada la primera semana de septiembre. Yo la voy a solicitar pero, podría incorporarme a la privada aunque no tuviera respuesta de la Junta? Es que en verano la cosa es más lenta.

A parte de esa solicitud, ¿qué más hay que aportar y donde se presenta?

¿Tendría algún tipo de sanción por la Junta o podrían despedirme por este motivo? Sería solo una semana con mi empresa para poder pedir excedencia de nuevo.

Gracias.
Esti.31
 
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Re: Compatibilidad con la empresa privada

Notapor Karissa » 19 Jul 2018 13:37

Esti.31 escribió:Hola! Ahora mismo estoy con una vacante en la Junta, me tendría que incorporar con mi empresa privada la primera semana de septiembre. Yo la voy a solicitar pero, podría incorporarme a la privada aunque no tuviera respuesta de la Junta? Es que en verano la cosa es más lenta.

A parte de esa solicitud, ¿qué más hay que aportar y donde se presenta?

¿Tendría algún tipo de sanción por la Junta o podrían despedirme por este motivo? Sería solo una semana con mi empresa para poder pedir excedencia de nuevo.

Gracias.


Hola, tienes que presentar la solicitud debidamente cumplimentada, previo al inicio de la segunda actividad. La presentas en cualquier registro oficial o telemáticamente a través del registro de la web del empleado público, en este último caso necesitas el certificado digital.

El plazo de resolución y notificación es de dos meses. Tu habrás cumplido con tu obligación, aunque cuando llegue la resolución ya no estés trabajando en la segunda actividad o tengas concedida la excedencia.

Por último, debes saber que el incumplimiento de las normas sobre incompatibilidades se considera falta muy grave.

Espero haber aclarado tus dudas, un saludo.
Karissa
 
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Re: Compatibilidad con la empresa privada

Notapor Esti.31 » 19 Jul 2018 13:44

Hola! Mi obligación te refieres a solicitarlo antes de empezar a trabajar en la segunda actividad, no?
Yo me incorporaría el 1 de septiembre y voy a echar ya la compatibilidad, según tu respuesta he entendido que puedo incorporarme aunque no haya tenido respuesta de la Junta? Y que al haberlo solicitado con anterioridad he hecho bien.

Gracias!
Esti.31
 
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