Buenos días:
Enlace a información sobre acuerdos bolsas complementarias:
http://asp-laborales.ustea.org/node/2382Modificación por la que se da como causa justificada la no aceptación de un puesto a jornada parcial:
"Se modifica el último párrafo del punto séptimo 1 del citado reglamento:
“En el caso de que el puesto de trabajo a cubrir sea fijo-discontinuo, o con
jornada parcial, el seleccionado de bolsa para dicho puesto podrá ser
llamado por el Servicio de Administración Pública competente para la
cobertura de la siguiente vacante que surja en la categoría profesional de
que se trate, pese a estar trabajando en dicho momento, dadas las
especiales características del puesto de trabajo. Si renunciase a dicha oferta,
no volverá a ser llamado para las siguientes vacantes que pudieran surgir,
hasta que se produzca el cese por finalización del contrato en el puesto de
trabajo fijo-discontinuo o con jornada parcial, momento en el cual volverá a
estar disponible en bolsa, en el lugar que le corresponda.
Se adiciona un nuevo subapartado al punto séptimo 8.2 del citado
reglamento :
“ 8.2.3 Igualmente se considerará renuncia justificada la no aceptación de un
puesto de trabajo con jornada parcial”."
Saludos