MOVILIDAD POR RAZONES OBJETIVAS. ART. 23.2

Foro para atender todas las consultas sobre las cuestiones relativas al personal laboral de la Junta de Andalucía

MOVILIDAD POR RAZONES OBJETIVAS. ART. 23.2

Notapor gintonic31 » 25 Mar 2010 21:51

Hola.
Me gustaría que alguien me informara sobre la movilidad por razones objetivas recogida en el art. 23.2 del vigente convenio. ¿A quién se debe dirigir la solicitud? ¿Tardan mucho en resolverse ese tipo de solicitudes?
Gracias anticipadas.
Y otra cuestión.
Según he entendido leyendo el borrador del concurso de traslados, ya no será necesario permanecer en el puesto un año si se solicita traslado dentro de la misma consejería. ¿Es eso correcto?
gintonic31
 
Mensajes: 35
Registrado: 28 Sep 2009 19:38

Re: MOVILIDAD POR RAZONES OBJETIVAS. ART. 23.2

Notapor Rafa Rivero » 25 Mar 2010 22:48

Con respecto a la primera parte de tu mensaje, la movilidad por razones objetivas recogida en el art 23.2 del convenio se tramita igual que la movilidad del art 23.1, la diferencia está en que mientras que la del art 23.1 se solicita por disminución de capacidad y para favorecer la salud del trabajador, CAMBIANDO DE CATEGORÍA PROFESIONAL dentro del grupo o a grupo inferior, la movilidad por razones objetivas se puede pedir TRASLADO A OTRO PUESTO DE LA MISMA CATEGORÍA PROFESIONAL que ya obstentas y los motivos son además de por razones de salud del propio trabajador, también por razones de salud del conyuge o pareja y de familiares de 1er grado del trabajador que estuvieran a su cargo. Evidentemente el traslado por el art 23.2, está condicionado a que exista alguna vacante de tu categoría que puedan ofrecerte.

En todo caso hay que demostrarlo documentalmente con informes médicos y documentación.

La solicitud junto con los informes y documentación debe remitirse a la Subcomisión de Salud Laboral.

Te dejo los enlace con la solicitud y modelos de anexo II y anexo III que la acompañan:

https://ws045.juntadeandalucia.es/emple ... 3533DR.pdf

https://ws045.juntadeandalucia.es/emple ... exo_II.pdf

https://ws045.juntadeandalucia.es/emple ... xo_III.pdf
Rafa Rivero
 
Mensajes: 5757
Registrado: 08 Jun 2009 22:31

Re: MOVILIDAD POR RAZONES OBJETIVAS. ART. 23.2

Notapor gintonic31 » 26 Mar 2010 02:22

Gracias por la respuesta, Rafa.
Y respecto a la segunda parte de mi pregunta, ¿qué me puedes decir, Rafa? ¿Ya no es necesario pasar un año en el destino para pedir dentro de la misma consejería?
gintonic31
 
Mensajes: 35
Registrado: 28 Sep 2009 19:38

Re: MOVILIDAD POR RAZONES OBJETIVAS. ART. 23.2

Notapor Rafa Rivero » 26 Mar 2010 20:22

Creo que no hay que confudir dos cosas: Primero lo que ponen las bases entiendo que es lo que recoge el artículo 20.4 apartado "b" del Convenio, que te copio:

b) Participar en ningún otro concurso de traslados hasta transcurridos dos años de desempeño efectivo en el puesto adjudicado por este procedimiento, excepto en los traslados dentro de la propia Consejerías y sus Organismos Autónomos

Es decir quien haya participado en un traslado no puede vover a concursar en otro traslado hasta transcurridos 2 años, con la excepción que te comento anteriormente y que es lo que viene en el borrador del próximo traslado.

Independientemente de ésto, en ese mismo art. 20. pero en el punto 1, vienen como condiciones que deben reunir los participantes en el concurso de traslado se encuentran las siguientes:

1. Los puestos de trabajo adscritos al personal laboral que se encuentren vacantes y presupuestariamente dotados se proveerán por el procedimiento de concurso de traslados, por el cual el personal fijo o fijo discontinuo opta a la cobertura de los puestos que con tal carácter correspondan a la categoría profesional que se ostenta, siempre que se reúnan los requisitos establecidos en la Relación de Puestos de Trabajo y se tenga al menos un año de antigüedad con dicha condición en la categoría profesional desde la que se concursa.

En resumen, para poder participar en traslado hay que llevar un año como fijo en la categoría desde la que se concursa.
Rafa Rivero
 
Mensajes: 5757
Registrado: 08 Jun 2009 22:31


Volver a Foro de Información General

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 31 invitados

cron