por Rafa Rivero » 23 Feb 2010 22:38
Es raro eso de que no hay niños en Barbate y que ese tema salga ahora en febrero cuando el curso empezó en septiembre. Desconozco el caso, pero de todas formasen ese supuesto el personal laboral que trabaje en el centro tanto fijos, como temporales en vacantes debería ser reubicado y esta movilidad colectiva debería en todo caso negociarse con los representantes de los trabajadores en la Comisión de Convenio.
Te copio lo recogido en el art 22.3 del Convenio sobre este asunto:
3. Los traslados colectivos a que se refiere el artículo 40.2 del Estatuto de los Trabajadores, y siempre que se den las mismas causas señaladas en el apartado 1º de este artículo, necesitarán el acuerdo de la Comisión del Convenio. Adoptado éste en sentido positivo, se estará al procedimiento establecido en el artículo 40.2 citado.
Los mencionados traslados colectivos podrán enmarcarse en un plan de empleo o un instrumento similar de reasignación de efectivos cuya función ha de servir de soporte a actuaciones de reorganización y mejora de la distribución de los recursos humanos en un determinado ámbito. Los mencionados instrumentos de reasignación de efectivos serán negociados con los representantes de los trabajadores de acuerdo con las directrices que se establezcan por la Comisión del Convenio.