Pues en el caso de las categorías de Monitores/as escolares, personal tecnico de integración social, Educadores/as sí lo tienen regulado dentro de sus horas "no presenciales".
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Flo, cuando escribes esto te refieres a las 2 horas acumulables??,las de la tarde??,mi director me dice q son 32 horas de presencia directa y por eso las cumplo por la tarde.Podrias aclararme un poco más?.
Gracias!!